Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 23-05-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-11125)
Resolución de 21 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por la registradora de la propiedad de Málaga n.º 2, por la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler no turístico para una finca.
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Resolución de 21 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por la registradora de la propiedad de Málaga n.º 2, por la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler no turístico para una finca.Núm. 126
Sábado 23 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 70143
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
11125
Resolución de 21 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
emitida por la registradora de la propiedad de Málaga n.º 2, por la que se
suspende la asignación de número de registro de alquiler no turístico para
una finca.
En el recurso interpuesto por don A. O. P. contra la nota de calificación emitida por la
registradora de la Propiedad de Málaga número 2, doña María de la Concepción Molina
Serrano, por la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler no
turístico para una finca.
Hechos
I
El día 14 de julio de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 2 instancia, suscrita por don A. O. P., por la que se solicitaba la asignación de
número de alquiler turístico para la finca registral número 31.713, de la que es propietario
junto con su esposa por mitades indivisas). Dicha finca procedía de la registral
número 29.495 y tenía concedida la calificación de vivienda social según expediente MA(…), de fecha 4 de diciembre de 1980, por un plazo de 50 años. El día 11 de agosto
de 2025, se le notificó la suspensión de la asignación del número de alquiler turístico
«porque siendo una vivienda de protección oficial no puede ser destinada a tal fin».
Se presentó el día 2 de octubre de 2025 otra instancia, también suscrita por don A.
O. P., y de fecha 26 de septiembre de 2025, por la que se solicitaba la asignación de
número de alquiler no turístico para la misma finca.
II
«El registrador de la propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado por vía telemática por O. P. A., el día 02/10/2025, bajo el asiento
número 6926, del diario 2.025, con el número de entrada 12859, que corresponde al
documento de fecha 26/06/2017, ha resuelto no practicar la inscripción de los números
de Registro de Alquiler solicitados al observarse, respecto de la finca para la que se
solicita la asignación de número de registro, que tiene concedida calificación definitiva de
vivienda Social MA-(…) de fecha 04/12/80 plazo de 50 años, según consta por nota
marginal extendida en la finca de procedencia, y que aparece regulado en el Real
Decreto Ley de 30 de Julio del año 1976, que las configura como las comprendidas en el
Grupo II de las de Protección Oficial.
Fundamentos de Derecho:
Primero. De conformidad con el párrafo primero del artículo 18 de la Ley
Hipotecaria, “los Registradores calificarán, bajo su responsabilidad, la legalidad de las
formas extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la
inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos
cve: BOE-A-2026-11125
Verificable en https://www.boe.es
Presentada esta segunda instancia en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 23-05-2026
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