Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 25-05-2026
Comunidad Autónoma de Cantabria. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2026-11308)
Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración de la finca de Gerramolino ubicada en La Rabia, en el término municipal de Comillas, como bien de interés cultural, con la categoría de lugar cultural, jardín histórico.
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Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración de la finca de Gerramolino ubicada en La Rabia, en el término municipal de Comillas, como bien de interés cultural, con la categoría de lugar cultural, jardín histórico.Núm. 127
Lunes 25 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 71291
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
11308
Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Dirección General de Cultura y
Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la
que se incoa expediente para la declaración de la finca de Gerramolino
ubicada en La Rabia, en el término municipal de Comillas, como bien de
interés cultural, con la categoría de lugar cultural, jardín histórico.
Vistas las solicitudes de fechas 25 de enero de 2023, 26 de febrero de 2025, y 27 de
octubre de 2025, de declaración de Bien de Interés Cultural de la finca de Gerramolino,
ubicada en la Rabia, término municipal de Comillas.
Vista la resolución de fecha 17 de marzo de 2026, por la que se ordena la tramitación
de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, de la finca de Gerramolino,
ubicada en la Rabia, término municipal de Comillas.
En su virtud, vista la propuesta de la Jefa de Servicio de Patrimonio Cultural y de
acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural
de Cantabria, la Directora General de Cultura y Patrimonio Histórico, resuelve:
Primero.
Incoar el expediente para la declaración de la finca de Gerramolino, ubicada en la
Rabia, término municipal de Comillas, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de
Lugar Cultural, Jardín Histórico.
Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de
octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, se propone describir el bien y delimitar y
justificar el entorno de protección del mismo, conforme figura en el anexo que se adjunta
a la presente resolución de incoación de procedimiento.
Tercero.
Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.
Dar traslado de la resolución, conforme al artículo 17.2 de la Ley 11/1998, de 13 de
octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, al Ayuntamiento de Comillas, y hacerle
saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la precitada ley, toda actuación
urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se
haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Será igualmente preceptiva la autorización de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la colocación de elementos
publicitarios e instalaciones aparentes en el entorno de protección.
Quinto.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 17.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre,
de Patrimonio Cultural de Cantabria, se notifique esta resolución a los interesados, a los
efectos oportunos, y hacerles saber que, de acuerdo con el artículo 17.4 de la misma ley,
la iniciación de un procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural
cve: BOE-A-2026-11308
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 25-05-2026
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