Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-05-2026
Consejo General Del Poder Judicial. . III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2026-11612)
Acuerdo de 5 de mayo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 23 de marzo de 2026, del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en relación con la modificación de las normas de reparto acordadas por la Junta de Jueces/zas de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander de 13 de marzo de 2026.
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Acuerdo de 5 de mayo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 23 de marzo de 2026, del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en relación con la modificación de las normas de reparto acordadas por la Junta de Jueces/zas de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander de 13 de marzo de 2026.Núm. 131
Viernes 29 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 73571
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
11612
Acuerdo de 5 de mayo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 23 de marzo
de 2026, del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en relación con la
modificación de las normas de reparto acordadas por la Junta de Jueces/zas
de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de
Santander de 13 de marzo de 2026.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 5
de mayo de 2026 acordó tomar conocimiento del acuerdo del Tribunal Superior de Justicia
de Cantabria, de 23 de marzo de 2026, por el que se aprueba la modificación de las
normas de reparto acordadas por Junta de Jueces/zas de la Sección de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal de Instancia de Santander de fecha 13 de marzo de 2026,
con el siguiente contenido:
Normas para el reparto de asuntos entre las plazas de la Sección
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander
Primera.
Todos los asuntos que deban someterse a reparto se presentarán, junto con la
documentación que se acompañe, y salvo que se utilicen medios técnicos que permitan
el envío y recepción, en el Servicio de Registro y Reparto dependiente del Servicio
Común Procesal.
Se dejará constancia del día y hora de presentación, tanto en el original como en la
copia que se entregue a la parte.
Segunda.
La clasificación de los asuntos para ser objeto de reparto respeta la clasificación
homogénea aprobada por el CGPJ e incorporada al test de compatibilidad. El reparto se
someterá a tratamiento informatizado con arreglo a una programación ajustada a las
clases establecidas.
Tercera.
Cuarta.
Los procedimientos especiales de la clase 304-05 (PE de solicitud de autorización
para la entrada en domicilios y restantes lugares cuyo acceso requiera el consentimiento
de su titular siempre que ello proceda para la ejecución forzosa de actos de
la Administración pública y de autorización o ratificación judicial de las medidas que las
autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e
impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental) se repartirán
cve: BOE-A-2026-11612
Verificable en https://www.boe.es
En los asuntos que se apreciaren como urgentes cuando no puedan someterse a
reparto, el Presidente del Tribunal de Instancia de Santander podrá adoptar, a instancia
de parte, las medidas inaplazables cuando, de no hacerlo, pudiera quebrantarse algún
derecho o producirse algún perjuicio grave e irreparable, en los términos del artículo 70
de la LEC.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 29-05-2026
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