Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-05-2026
Consejo General Del Poder Judicial. . III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2026-11653)
Acuerdo de 19 de mayo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, consistente en establecer como estructural el segundo juzgado de guardia de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, a partir del 1 de julio de 2026.
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Acuerdo de 19 de mayo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, consistente en establecer como estructural el segundo juzgado de guardia de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, a partir del 1 de julio de 2026.Núm. 132
Sábado 30 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 74089
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
11653
Acuerdo de 19 de mayo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, consistente en
establecer como estructural el segundo juzgado de guardia de delitos leves
inmediatos en el partido judicial de Barcelona, a partir del 1 de julio de 2026.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día 19 de mayo de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña y, en consecuencia, establecer como estructural el segundo juzgado de guardia
de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, a partir del 1 de julio
de 2026, teniendo carácter indefinido y permanente, a desarrollar por todas las plazas de
la Sección de Instrucción de dicho partido judicial, en turno preestablecido, de lunes a
viernes hábiles en horario de 9 a 21 horas. En caso de coincidencia entre el juzgado de
guardia de delitos leves inmediatos y el turno de sustituciones internas obligatorias, debe
priorizarse la atención del servicio de guardia.
Segundo.
Particípese este acuerdo al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para su comunicación a la
magistrada decana del partido judicial de Barcelona, y a los colegios profesionales del
partido judicial de Barcelona; al Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña y
al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.
Tercero.
Publíquese este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2026-11653
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 19 de mayo de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial,
María Isabel Perelló Doménech.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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