Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-05-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . I. Disposiciones generales. Sector ferroviario. (BOE-A-2026-11627)
Orden TRM/535/2026, de 18 de mayo, por la que se establecen disposiciones relativas a la autorización de material rodante auxiliar ferroviario.
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Orden TRM/535/2026, de 18 de mayo, por la que se establecen disposiciones relativas a la autorización de material rodante auxiliar ferroviario.Núm. 132
Sábado 30 de mayo de 2026
Sec. I. Pág. 73701
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Orden TRM/535/2026, de 18 de mayo, por la que se establecen disposiciones
relativas a la autorización de material rodante auxiliar ferroviario.
El Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e
interoperabilidad ferroviarias, incorpora al derecho interno la Directiva (UE) 2016/797 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la interoperabilidad
del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea. Dicha Directiva establece las
condiciones que deben cumplirse para lograr en el territorio comunitario la
interoperabilidad del sistema ferroviario y establece los elementos que forman parte de
este sistema.
Entre estos elementos están los distintos tipos de vehículos, incluyendo los vehículos
especiales, tales como el material rodante auxiliar, que según el Real Decreto 929/2020,
de 27 de octubre, se define como «aquellos vehículos ferroviarios que están
específicamente habilitados para las tareas de supervisión, reconocimiento, así como
aquellos habilitados para la construcción y el mantenimiento de la vía y de sus
instalaciones fijas, incluyéndose, entre otros, la maquinaria de vía y los vehículos
ferrocarril-carretera (bimodales), así como los destinados a trenes taller y de socorro».
El artículo 68.3 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario,
establece que, mediante orden de la persona titular del Ministerio de Fomento (hoy de
Transportes y Movilidad Sostenible), a propuesta de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria, se regularán las condiciones y requisitos para la autorización del material
rodante que circule por los tramos y líneas ferroviarias que forman parte de la Red
Ferroviaria de Interés General.
En desarrollo de este artículo, el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, establece
en su artículo 76 que el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (hoy de
Transportes y Movilidad Sostenible), a propuesta de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria, podrá aprobar Instrucciones Ferroviarias con los requisitos que debe cumplir
un subsistema para obtener la correspondiente autorización de entrada en servicio o de
puesta en el mercado en el caso de vehículos.
Actualmente, está vigente la «Instrucción ferroviaria: Especificaciones técnicas de
material rodante ferroviario para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas,
locomotoras y coches», aprobada por la Orden TMA/576/2020, de 22 de junio (en
adelante IF MR ALC-20), que excluye de su ámbito de aplicación al material rodante
auxiliar. Para este tipo de vehículos, para los que aún no se ha publicado su propia
instrucción ferroviaria, sigue vigente la normativa técnica previa al actual marco
legislativo, esto es, la Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de
Infraestructuras, por la que se aprueba la «Especificación Técnica de Homologación de
Material Rodante Ferroviario: Material rodante auxiliar», (en adelante, ETH MRA).
El material rodante auxiliar, por sus particularidades que lo diferencian de otros
vehículos ferroviarios, está sujeto a problemáticas propias. Mediante esta norma, que
recoge un conjunto de disposiciones referidas a este tipo de material rodante, se
pretende abordar algunas de estas particularidades que requieren una regulación
especial y que a continuación se exponen con mayor detalle.
En primer lugar, la especificación técnica de interoperabilidad relativa a los
subsistemas de control-mando y señalización del sistema ferroviario de la Unión Europea,
aprobada mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1695 de la Comisión, de 10
de agosto de 2023, sobre la especificación técnica de interoperabilidad relativa a los
subsistemas de control-mando y señalización del sistema ferroviario de la Unión Europea
y por el que se deroga el Reglamento (UE) 2016/919 (en adelante, ETI CMS), permite
cve: BOE-A-2026-11627
Verificable en https://www.boe.es
11627
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