Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-06-2026
Tribunal Constitucional. . I. Disposiciones generales. Conflictos constitucionales. (BOE-A-2026-11697)
Conflicto positivo de competencia n.º 8598-2025, contra el acuerdo de disconformidad, firmado por el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales en fecha 15 de septiembre de 2025, respecto a la tramitación de la enmienda número 8 del Grupo Parlamentario Popular, aprobada por el Pleno del Senado, por la que se introduce la disposición adicional decimocuarta en el Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
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Conflicto positivo de competencia n.º 8598-2025, contra el acuerdo de disconformidad, firmado por el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales en fecha 15 de septiembre de 2025, respecto a la tramitación de la enmienda número 8 del Grupo Parlamentario Popular, aprobada por el Pleno del Senado, por la que se introduce la disposición adicional decimocuarta en el Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.Núm. 133
Lunes 1 de junio de 2026
Sec. I. Pág. 74411
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
11697
Conflicto positivo de competencia n.º 8598-2025, contra el acuerdo de
disconformidad, firmado por el Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes y Asuntos Constitucionales en fecha 15 de septiembre de 2025,
respecto a la tramitación de la enmienda número 8 del Grupo Parlamentario
Popular, aprobada por el Pleno del Senado, por la que se introduce la
disposición adicional decimocuarta en el Proyecto de Ley por la que se
modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley
21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Conflicto positivo de competencia n.º 8598-2025, contra el acuerdo de
disconformidad, firmado por el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y
Asuntos Constitucionales en fecha 15 de septiembre de 2025, respecto a la tramitación
de la enmienda número 8 del Grupo Parlamentario Popular, aprobada por el Pleno del
Senado, por la que se introduce la disposición adicional decimocuarta en el Proyecto de
Ley por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la
Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de mayo de 2026 actual,
ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 8598-2025,
promovido por Senado, en relación con el acuerdo de disconformidad, firmado por el
Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales en
fecha 15 de septiembre de 2025, respecto a la tramitación de la enmienda número 8 del
Grupo Parlamentario Popular, aprobada por el Pleno del Senado, por la que se introduce
la disposición adicional decimocuarta (nueva) en el Proyecto de Ley por la que se
modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7
de julio, de Seguridad Aérea.
cve: BOE-A-2026-11697
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de mayo de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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