Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-06-2026
Comunidad Autónoma de Galicia. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2026-11939)
Decreto 43/2026, de 4 de mayo, por el que se modifica el Decreto 247/2012, de 22 de noviembre, por el que se aprueba la delimitación del Camino de Santiago, Camino Francés, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela.
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Decreto 43/2026, de 4 de mayo, por el que se modifica el Decreto 247/2012, de 22 de noviembre, por el que se aprueba la delimitación del Camino de Santiago, Camino Francés, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela.Núm. 135
Miércoles 3 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 75593
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
11939
Decreto 43/2026, de 4 de mayo, por el que se modifica el Decreto 247/2012,
de 22 de noviembre, por el que se aprueba la delimitación del Camino de
Santiago, Camino Francés, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela.
I
El 7 de septiembre de 1962 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el
Decreto 2224/1962, de 5 de septiembre, por el que se declara conjunto histórico artístico
el llamado Camino de Santiago y se crea su patronato.
El 7 de diciembre de 2012 se publicó en el «Diario Oficial de Galicia» el
Decreto 247/2012, de 22 de noviembre, por el que se aprueba la delimitación del Camino
de Santiago, Camino Francés, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela. En esta
disposición se delimita la ruta principal del Camino Francés, en el ayuntamiento de
Santiago de Compostela, y los límites del territorio histórico asociado a esta. Asimismo,
en el decreto se delimitan otros ámbitos, como el trazado complementario y el trazado
con vestigios históricos.
El 21 de enero de 2016, la Sección Segunda de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia dictó la sentencia en la que se
concluye que: «debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contenciosoadministrativo interpuesto (…) contra el Decreto 247/2012, de 22 de noviembre, por el
que se aprueba la delimitación del Camino de Santiago, Camino Francés, en el
ayuntamiento de Santiago de Compostela, que procede anular exclusivamente en la
parte que afecta a las propiedades de la parte demandante».
Por tanto, la sentencia judicial lo que determina es, exclusivamente (sic), la anulación
de la traza principal del Camino Francés que afecta a las propiedades de los
demandantes, que fue delimitada en el Decreto 247/2012, de 22 de noviembre, por el
que se aprueba la delimitación del Camino de Santiago, Camino Francés, en el
ayuntamiento de Santiago de Compostela. Estas propiedades están conformadas por el
conjunto de parcelas localizadas en el número 56 de la avenida de San Marcos, en el
término municipal de Santiago de Compostela. Esta dirección postal abarca las
siguientes parcelas catastrales: 1991902NH4419B, 1991904NH4419B, 15079A50600196,
15079A50600197, 15079A50605006 y 000801500NH44G.
En consecuencia, el resto de los ámbitos definidos en el entorno de las propiedades
de los demandantes en el decreto impugnado como los límites del territorio histórico del
Camino y el trazado complementario mantienen su plena vigencia jurídica pues, en
ejecución de la sentencia, la modificación se limita a la exclusión puntual de la traza
principal en el ámbito afectado, manteniendo la vigencia del resto de la delimitación
establecida en el Decreto 247/2012, de 22 de noviembre, al no resultar afectada por el
fallo judicial.
El artículo 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa (LJCA) establece que «Las partes están obligadas a cumplir
las sentencias en la forma y en los términos que en estas se consignen».
cve: BOE-A-2026-11939
Verificable en https://www.boe.es
II
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 03-06-2026
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