Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . I. Disposiciones generales. Transporte por carretera. Reglamento General de Circulación. (BOE-A-2026-12035)
Real Decreto 450/2026, de 3 de junio, por el que se establece el marco para la implantación de los sistemas inteligentes de transporte (SIT) en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte, y por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
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Real Decreto 450/2026, de 3 de junio, por el que se establece el marco para la implantación de los sistemas inteligentes de transporte (SIT) en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte, y por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.Núm. 137
Viernes 5 de junio de 2026
Sec. I. Pág. 76119
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12035
Real Decreto 450/2026, de 3 de junio, por el que se establece el marco para
la implantación de los sistemas inteligentes de transporte (SIT) en el sector
del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de
transporte, y por el que se modifica el Reglamento General de Circulación,
aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
La Comunicación de la Comisión Europea, de 9 de diciembre de 2020, titulada
«Estrategia de movilidad sostenible e inteligente: encauzar el transporte europeo de cara
al futuro» (en lo sucesivo, Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente) contempla la
implantación de los sistemas inteligentes de transporte (en lo sucesivo, SIT) como una
medida fundamental para lograr una movilidad multimodal conectada y automatizada, y
contribuir así a la transformación del sistema europeo de transporte para alcanzar el
objetivo de lograr una movilidad eficiente, segura, sostenible, inteligente y resiliente.
Esta estrategia definió como uno de sus hitos concretos la revisión de la
Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, por
la que se establece el marco para la implantación de los sistemas de transporte
inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros
modos de transporte, (en adelante, Directiva SIT), de tal forma que se permita una
integración fluida con otros modos de transporte, como el ferrocarril o modos basados en
modelos de movilidad activa, facilitando así el cambio a dichos modos siempre que sea
posible, a fin de mejorar la eficiencia y la accesibilidad.
La respuesta a los problemas crecientes provocados por el aumento de la movilidad
por carretera, en particular, congestión y seguridad vial, no debe limitarse a medidas
tradicionales, como la ampliación de las actuales infraestructuras del transporte por
carretera, sino que la innovación y una mejor gestión de las herramientas existentes han
de desempeñar un papel crucial en la implantación de soluciones más eficaces y
eficientes que permitan materializar de forma indubitada una movilidad segura y
sostenible.
La Estrategia Española de Seguridad Vial 2030 puso el acento sobre líneas de
actuación estratégicas que tuvieran en cuenta el papel de los SIT para «potenciar la
conectividad y la digitalización para una movilidad segura en zonas urbanas» y para
también, «potenciar la gestión del tráfico segura, sostenible e inteligente».
En este ámbito, la puesta en marcha de los Puntos de Acceso Nacional en materia
de tráfico y movilidad, y en materia de transporte multimodal se constituyen como
verdaderos nodos de recopilación de datos de movilidad que asegurarán una prestación
más eficiente y compartida de la información entre todos los actores presentes en el
sistema de transporte. La propia Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible,
ha venido a destacar la relevancia de la disponibilidad de datos para la consecución de
los objetivos de la sostenibilidad en la movilidad como medio crucial para la
materialización de un nuevo modelo en el sistema de transporte a través del papel y la
importancia de los Puntos de Acceso Nacionales correspondientes.
II
La importancia de la recopilación veraz, la disponibilidad, el acceso e intercambio de
datos de tráfico entre los diferentes usuarios y agentes del ecosistema de movilidad
cve: BOE-A-2026-12035
Verificable en https://www.boe.es
I
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 05-06-2026
Resolución de 26 de mayo de 2026, del Instituto de las Mujeres, O.A., por la que se publica el Protocolo general de actuación con Plataforma Universitaria de Estudios Feministas y de Género.
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