Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-12246)
Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de San Lorenzo de El Escorial n.º 2, por la que se deniega el asiento de presentación de un escrito por el que se solicita la rectificación de una inmatriculación, por invadir su finca.
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Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de San Lorenzo de El Escorial n.º 2, por la que se deniega el asiento de presentación de un escrito por el que se solicita la rectificación de una inmatriculación, por invadir su finca.Núm. 138
Sábado 6 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 77649
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12246
Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad interina de San Lorenzo de El Escorial n.º
2, por la que se deniega el asiento de presentación de un escrito por el que
se solicita la rectificación de una inmatriculación, por invadir su finca.
En el recurso interpuesto por don A. L. M., en nombre y representación de doña A.
M. G., contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad interina de San
Lorenzo de El Escorial número 2, doña Jimena Campuzano Gómez-Acebo, por la que se
deniega el asiento de presentación de un escrito por el que se solicita la rectificación de
una inmatriculación, por invadir su finca.
Hechos
I
«Primero. El pasado 25 de noviembre de 2025 me notificaron como colindante, la
inmatriculación de la finca registral número 8.190 del término municipal de Colmenarejo
con el código CRU: 28131000764954, conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
Segundo. Soy propietaria, junto a mis hermanos: E., C., E., E. y F. M. G., de una
sexta parte de la finca registral 3.140 de Colmenarejo, parcela 159, polígono 8 del sitio
de (…) con referencia catastral 28044A008001590000GF; según consta en la escritura
pública de fecha 5 de mayo de 1990 con número de protocolo 708 del notario don José
Luis Núñez-Lagos Roglá de aprobación y protocolización de operaciones particionales
(página 9 de dicha escritura, finca número 1 del inventario de bienes).
Al realizar la consulta en la página web que consta en la comunicación expuesta,
esto es, https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/28131000764954, nos dimos
cuenta de que el perímetro catastral de nuestra finca no coincide con la realidad y que el
perímetro catastral de la finca 8.190 invade nuestra finca. Tanto nuestra finca como la
finca que ha sido inmatriculada, tienen una valla con vigas de carga colocadas en
vertical, alambre, somieres (…) a lo largo de todo el lindero que compartimos; según se
detalla en las fotografías que se muestran a continuación: (…)
Quinto. Se aporta toda la documentación presentada en Catastro, incluido el
archivo GML correspondiente.
De esta forma, se estaría demostrando que la finca que ha sido inmatriculada está
invadiendo parte de nuestra finca.
Solicitamos que admitan estas alegaciones y que, una vez estudiadas, se estimen
las mismas.»
cve: BOE-A-2026-12246
Verificable en https://www.boe.es
En el Registro de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2 tuvo entrada
un escrito suscrito por doña A. M. G. en el que exponía, resumidamente, lo siguiente:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-06-2026
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