Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-06-2026
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . III. Otras disposiciones. Auditoría de Cuentas. (BOE-A-2026-13280)
Resolución de 5 de junio de 2026, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas SW Auditores España, SLP, y al auditor de cuentas don José Manuel Gredilla Bastos.
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Resolución de 5 de junio de 2026, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas SW Auditores España, SLP, y al auditor de cuentas don José Manuel Gredilla Bastos.Núm. 148
Jueves 18 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 84921
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
13280
Resolución de 5 de junio de 2026, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas, por la que se publican las sanciones impuestas a la sociedad de
auditoría de cuentas SW Auditores España, SLP, y al auditor de cuentas don
José Manuel Gredilla Bastos.
Habiéndose declarado firme en vía administrativa, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 82.3 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, se procede
a dar publicidad de las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas SW
Auditores España, S.L.P. y al auditor de cuentas don José Manuel Gredilla Bastos,
mediante Resolución de 12 de diciembre de 2025 que, tras la exposición de hechos y
fundamentos de derecho, resuelve en su parte dispositiva lo siguiente:
«Primero.
Declarar a la sociedad de auditoría SW Auditores España, S.L.P. y al auditor de
cuentas don José Manuel Gredilla Bastos, responsables de la comisión de una infracción
grave, de las tipificadas en el artículo 73.b) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas, que establece que tendrá esa consideración: "El incumplimiento
de las normas de auditoría que pudiera tener un efecto significativo sobre el resultado de
su trabajo y, por consiguiente, en su informe."
La infracción se ha cometido en relación con el trabajo de auditoría de las cuentas
anuales individuales a 31 de diciembre de 2022 de la sociedad Soliss Mutua de Seguros
cuyo informe está fechado el 31 de marzo de 2023.
Segundo.
Imponer a la sociedad de auditoría una sanción de multa por importe del 1 por ciento
de los honorarios facturados por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio
declarado con anterioridad a la imposición de la sanción, lo que resulta en una sanción
de multa por importe de 19.353,67 euros, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 76.3 de la LAC.
Tercero.
Imponer al auditor de cuentas firmante del informe de auditoría, una sanción de
multa, de las previstas en el artículo 76.4.b) de la LAC, por importe de 7.500 euros.
De conformidad con lo previsto en el artículo 78.1 de la LAC, la imposición de dicha
sanción llevará aparejada la prohibición, para la sociedad de auditoría y para el auditor
de cuentas, de realizar la auditoría de cuentas a la entidad auditada correspondientes a
los tres primeros ejercicios que se inicien con posterioridad a la fecha en que la sanción
adquiera firmeza en vía administrativa.
cve: BOE-A-2026-13280
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 18-06-2026
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