Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-06-2026

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Boletín Oficial del Estado
19/06/2026

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Formación profesional. (BOE-A-2026-13355)

Orden EFD/619/2026, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de formación profesional en modalidad presencial en centros públicos de Ceuta y Melilla a partir del curso 2026/2027.

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Orden EFD/619/2026, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de formación profesional en modalidad presencial en centros públicos de Ceuta y Melilla a partir del curso 2026/2027.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 19 de junio de 2026

Sec. III. Pág. 85310

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Orden EFD/619/2026, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación
de enseñanzas de formación profesional en modalidad presencial en centros
públicos de Ceuta y Melilla a partir del curso 2026/2027.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional, pone en el centro de la acción política a la persona y su
necesidad de cualificarse y mantenerse actualizada a lo largo de toda su vida. Al mismo
tiempo, contribuye al fortalecimiento de la competitividad del país y del tejido productivo
basado en el conocimiento, para un mejor posicionamiento en la nueva economía, a
partir de la satisfacción de las necesidades formativas a medida que se producen, y para
la mejora en la cualificación del capital humano de las empresas, el incremento de la
cultura del emprendimiento, y la reducción de los desequilibrios estructurales propios de
los entornos rurales y las zonas en declive demográfico.
La implantación de nuevos grados de formación profesional incide, sin lugar a duda,
en la reducción de las tasas de abandono educativo temprano y en la mejora de la
cualificación de la población, en especial de las personas jóvenes, permitiendo así
mejorar su cualificación, y reinsertar al mercado laboral una gran parte de las personas
que han salido del mismo, en los últimos meses.
La autorización de nuevos certificados profesionales permite completar la oferta
formativa de las ciudades, orientándola a distintos perfiles, especialmente a personas
trabajadoras que buscan continuar su formación y/o mejorar sus cualificaciones
profesionales. Esta iniciativa impacta de manera directa en la mejora del mercado laboral
local y favorece el incremento del nivel de cualificación de la población, particularmente
en mayores de dieciocho años. Así, se facilita tanto la mejora de su empleabilidad como
su reincorporación al mercado laboral. Además, esta vía formativa permite configurar la
Formación Profesional de manera flexible, sobre la base de itinerarios formativos
accesibles, progresivos, acumulables y adaptados a las necesidades individuales y
colectivas de la población, permitiéndoles completar el certificado profesional con otros
módulos profesionales y progresar hacia la obtención de una titulación de grado D.
Las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla tras estudiar las demandas de
implantación de enseñanzas con nuevas perspectivas profesionales para la población de
ambas ciudades, han hecho llegar su análisis para modificar la actual oferta educativa.
Visto el título II, capítulo I de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación
e integración de la Formación Profesional que establece que la Planificación,
programación y coordinación de la oferta corresponde a las administraciones educativas
con competencias en la materia, teniendo en cuenta las necesidades del modelo
productivo y del mercado laboral, la realidad socioeconómica del territorio y las
demandas de formación de la ciudadanía y de los agentes sociales y económicos.
Visto el título III, capítulo III de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de
ordenación e integración de la Formación Profesional en relación con las modalidades de
la oferta de formación profesional en cuanto a la posibilidad de impartir las modalidades
presencial, semipresencial y virtual.
Visto el título II del Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional.
Visto lo establecido en el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se
regulan los requisitos básicos de los centros integrados de Formación Profesional.

cve: BOE-A-2026-13355
Verificable en https://www.boe.es

13355

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 19-06-2026

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Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar de la resolución de concesión de aguas subterráneas, en el término municipal de Jarafuel (Valencia), expediente 2023CP0168.

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