Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-06-2026

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Boletín Oficial del Estado
19/06/2026

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2026-13297)

Real Decreto 491/2026, de 17 de junio, por el que se crea como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial la Real Fábrica de Cristales de La Granja de San Ildefonso, en el área profesional de Vidrio Industrial, de la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el ámbito de la formación profesional.

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Real Decreto 491/2026, de 17 de junio, por el que se crea como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial la Real Fábrica de Cristales de La Granja de San Ildefonso, en el área profesional de Vidrio Industrial, de la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el ámbito de la formación profesional.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 19 de junio de 2026

Sec. I. Pág. 85072

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Real Decreto 491/2026, de 17 de junio, por el que se crea como Centro de
Referencia Nacional de Vidrio Industrial la Real Fábrica de Cristales de La
Granja de San Ildefonso, en el área profesional de Vidrio Industrial, de la
familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el ámbito de la formación
profesional.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional, en su artículo 78, identifica a los centros de referencia nacional,
con los requisitos y en las condiciones establecidas al efecto, como centros que podrán
impartir ofertas de formación profesional previa autorización administrativa e inscripción
registral correspondiente.
Asimismo, en su artículo 102.3 establece que los centros de referencia nacional
desarrollarán, en sus planes de actuación, proyectos de innovación e investigación
aplicada con empresas del sector, en los términos que se establezcan
reglamentariamente.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de
Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, en su artículo 5.4,
establece que «La creación de los Centros de Referencia Nacional o la calificación de los
ya existentes, en el ámbito del Sistema de Formación Profesional, se realizará por real
decreto, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el que se
publicará como anexo el convenio de colaboración con la comunidad autónoma en la
que vayan a estar o estén ubicados, previo informe del Consejo General de la Formación
Profesional. En el supuesto de que se califique más de un Centro de Referencia
Nacional para una misma familia profesional, cada uno estará especializado en un
subsector productivo o área profesional de la correspondiente familia profesional, y sus
actuaciones serán coordinadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional a
través de los planes de trabajo de cada centro».
Con fecha 15 de julio de 2025, en la LXXXIV reunión ordinaria de la Comisión
Permanente del Consejo General de Formación Profesional, se emitió informe sobre la
creación como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial a la Real Fábrica de
Cristales de La Granja de San Ildefonso situado en paseo Pocillo, 1, 40100 Real Sitio de
San Ildefonso, Segovia, en la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el área
profesional de Vidrio Industrial.
Con fecha 7 de mayo de 2026, se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes y la Fundación Centro Nacional del Vidrio
de titularidad la Administración General del Estado adscrita al Ministerio de Cultura, para
la creación como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial a la Real Fábrica de
Cristales de La Granja de San Ildefonso, en el ámbito de la formación profesional.
Este real decreto se aprueba al amparo de lo establecido en el artículo 5.4 del Real
Decreto 229/2008, de 15 de febrero.
Dando cumplimento a los principios de buena regulación, contenidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, la tramitación del presente real decreto se justifica en
los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia,
y eficiencia.
Así, en virtud de los principios de necesidad y eficacia, este real decreto está
justificado al ser el instrumento normativamente previsto para la creación del Centro de

cve: BOE-A-2026-13297
Verificable en https://www.boe.es

13297

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