Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 25-06-2026
Comunidad de Castilla y León. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2026-13883)
Acuerdo 38/2026, de 10 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el Toro Jubilo de Medinaceli (Soria) como bien de interés cultural de carácter inmaterial.
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Acuerdo 38/2026, de 10 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el Toro Jubilo de Medinaceli (Soria) como bien de interés cultural de carácter inmaterial.Núm. 154
Jueves 25 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 88727
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
13883
Acuerdo 38/2026, de 10 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se
declara el Toro Jubilo de Medinaceli (Soria) como bien de interés cultural de
carácter inmaterial.
El Toro Jubilo, único ejemplo en Castilla y León de los toros de fuego que se
desarrollan por el litoral Mediterráneo y los valles del Ebro y el Jalón, es una tradición
centenaria que tiene lugar en la Plaza Mayor de Medinaceli (Soria) el sábado más
cercano al 13 de noviembre, día de la festividad religiosa de los Cuerpos Santos de la
localidad.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, mediante Resolución de 4 de noviembre de 2025, acordó iniciar el procedimiento
para la declaración del Toro Jubilo de Medinaceli (Soria) como Bien de Interés Cultural de
carácter inmaterial.
El expediente cuenta con el informe favorable del Centro asociado de la UNED de
Soria y del experto Antonio Purroy Unanua, ambos de fecha 15 de enero de 2026.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 7/2024, de 20 de junio, y
el artículo 43 del Decreto 37/2007 de 19 de abril, se inicia un periodo de información
pública por el plazo de un mes y se concede trámite de audiencia al Ayuntamiento de
Medinaceli y a otros interesados personados en el expediente: el Partido Animalista con
el Medio Ambiente (PACMA), la asociación INTERCIDS Operadores Jurídicos por los
Animales y la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales
(ANPBA), los cuales presentan alegaciones al expediente, que han sido estudiadas y
valoradas en la propuesta de declaración.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 31.2 de la Ley 7/2024, de 20 de
junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Decreto 37/2007,
de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio
Cultural de Castilla y León, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto
declarar el Toro Jubilo de Medinaceli (Soria) como Bien de Interés Cultural de carácter
inmaterial y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites
preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de
éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos
gráficos correspondientes.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 10
de junio de 2026, adopta el siguiente acuerdo:
Primero.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
cve: BOE-A-2026-13883
Verificable en https://www.boe.es
Declarar el Toro Jubilo de Medinaceli (Soria) como Bien de Interés Cultural de
carácter inmaterial, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente
acuerdo.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 25-06-2026
Resolución de 11 de junio de 2026, de la Universidad de Barcelona, por la que se nombra Profesora Titular de Universidad a doña Pilar Paredes Barranco.
Resolución de 3 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, para la realización de las programaciones de capacitación técnica e innovación del programa Intercoonecta.
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