Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 25-06-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2026-13863)
Real Decreto 530/2026, de 24 de junio, por el que se establece el marco de las convocatorias para el otorgamiento del régimen retributivo específico a instalaciones de cogeneración.
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Real Decreto 530/2026, de 24 de junio, por el que se establece el marco de las convocatorias para el otorgamiento del régimen retributivo específico a instalaciones de cogeneración.Núm. 154
Jueves 25 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 88542
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Real Decreto 530/2026, de 24 de junio, por el que se establece el marco de
las convocatorias para el otorgamiento del régimen retributivo específico a
instalaciones de cogeneración.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, contempla en su
artículo 14.7 que, excepcionalmente, el Gobierno podrá establecer un régimen retributivo
específico para fomentar la producción a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración de alta eficiencia y residuos, cuando exista una obligación de cumplimiento
de objetivos energéticos derivados de directivas u otras normas de Derecho de la Unión
Europea o cuando su introducción suponga una reducción del coste energético y de la
dependencia energética exterior, fijando los términos en los que ha de realizarse.
El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración
y residuos, establece un régimen jurídico y económico para dichas instalaciones.
El artículo 12 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, dispone que para el
otorgamiento del régimen retributivo específico se establecerán mediante real decreto las
condiciones, tecnologías o colectivo de instalaciones concretas que podrán participar en el
mecanismo de concurrencia competitiva, así como los supuestos en los que se fundamente
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
España ha asumido unos objetivos en relación con el desarrollo de las energías
renovables y con la mejora de la eficiencia energética en el Plan Nacional Integrado de
Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030, estableciéndose, entre ellos, un escenario objetivo
para el parque de generación de energía eléctrica, que requiere de actuaciones públicas
de apoyo a las instalaciones de generación a través de fuentes de energía renovables,
cogeneración de alta eficiencia y residuos. Fundamentándose en lo anterior, se incluye
una medida en el citado plan para impulsar 1.200 MW de cogeneración de alta eficiencia.
A la vista de lo anterior y al objeto de alcanzar dicho escenario, se considera
necesaria la renovación del parque de cogeneración existente, sustituyendo las
instalaciones de combustión más contaminantes y promoviendo la construcción de
nuevas instalaciones más eficientes y con menor impacto medioambiental, que den
cumplimiento a los requerimientos normativos más exigentes en estas materias.
En virtud de todo ello, y con el fin de avanzar en el cumplimiento de los objetivos
recogidos en el PNIEC 2023-2030, tanto en materia de reducción de emisiones de gases
de efecto invernadero como de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, este real decreto establece el marco de las
convocatorias para el otorgamiento del régimen retributivo específico para un total
de 1.200 MW de potencia de instalaciones de cogeneración de alta eficiencia del
subgrupo a.1.1 e instalaciones de cogeneración de alta eficiencia de los grupos b.6 y b.8,
conforme a la clasificación establecida en el artículo 2.1 del Real Decreto 413/2014, de 6
de junio, mediante convocatorias sucesivas celebradas al amparo de este real decreto.
Este real decreto ha sido sometido a información pública y trámite de audiencia
mediante su publicación en el portal de internet del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. Adicionalmente, el trámite de audiencia también se ha
evacuado mediante consulta a los representantes del Consejo Consultivo de Electricidad
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, del que forman parte las
comunidades autónomas.
cve: BOE-A-2026-13863
Verificable en https://www.boe.es
13863
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