Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-13990)
Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y Valencia Plataforma Intermodal y Logística, SA, S.M.E., M.P.
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Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y Valencia Plataforma Intermodal y Logística, SA, S.M.E., M.P.Núm. 156
Sábado 27 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 89306
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13990
Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y
Valencia Plataforma Intermodal y Logística, SA, S.M.E., M.P.
El abogado general del Estado y la presidenta del Consejo de Administración
Valencia Plataforma Intermodal y Logística, SA, S.M.E., M.P., han suscrito, con fecha
de 1 de junio de 2026, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido como anejo a la presente
resolución.
Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Administración General del
Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Valencia Plataforma
Intermodal y Logística, SA, S.M.E., M.P.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, doña Mar Chao López, actuando en nombre y representación de
Valencia Plataforma Intermodal y Logística SA, S.M.E, M.P., con domicilio social en
Edificio de la Autoridad Portuaria, avenida Muelle del Turia s/n, 46024 y NIF A96371380,
en su condición de Presidenta del Consejo de Administración, persona física
representante del Consejero Autoridad Portuaria de Valencia, cargo para el que fue
nombrada en sesión celebrada el 29 de febrero de 2024 del Consejo de Administración
de la Autoridad Portuaria de Valencia.
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus organismos
autónomos y a los órganos constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2026-13990
Verificable en https://www.boe.es
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Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-06-2026
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