Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-06-2026

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Boletín Oficial del Estado
30/06/2026

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-14201)

Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad.

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Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Martes 30 de junio de 2026

Sec. III. Pág. 90307

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14201

Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad.

El Abogado General del Estado y el Presidente de la Entidad Pública Empresarial
ADIF-Alta Velocidad han suscrito, con fecha de 4 de junio de 2026, un convenio de
asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Entidad Pública Empresarial Adif-Alta Velocidad
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n.º 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Luis Pedro Marco de la Peña, actuando en nombre y
representación de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, con domicilio
social en calle Sor Ángela de la Cruz 3, 1.ª planta, 28020 Madrid y NIF Q2802152E, en
su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 936/2024,
de 17 de septiembre, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el
artículo 23.2.a) del Estatuto de ADIF-Alta Velocidad, aprobado mediante Real
Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad.

Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2026-14201
Verificable en https://www.boe.es

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