Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-06-2026

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Boletín Oficial del Estado
30/06/2026

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-14204)

Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas, F.S.P.

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Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas, F.S.P.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Martes 30 de junio de 2026

Sec. III. Pág. 90322

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14204

Resolución de 23 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas,
F.S.P.

El Abogado General del Estado y el Director de la Fundación para la
Internacionalización de las Administraciones Públicas han suscrito, con fecha de 20 de
mayo de 2026, un convenio para la asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Fundación para la Internacionalización de las
Administraciones Públicas, F.S.P.
REUNIDOS

MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de las entidades y
organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la

cve: BOE-A-2026-14204
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n.º 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Francisco Tierraseca Galdón, actuando en nombre y
representación de la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones
Públicas, con domicilio en Avenida del Partenón, 16-18, 28040 Madrid y NIF G82053851,
en su condición de Director, cargo para el que fue designado en la reunión del Patronato
de la Fundación celebrada el 29 de febrero de 2024; certificación de los acuerdos de
dicha reunión fue elevada a instrumento público en escritura de 6 de marzo de 2024,
autorizada por el Notario de Madrid don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaino, número mil
ciento ocho de protocolo.

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 30-06-2026

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