Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-07-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Organizaciones interprofesionales agroalimentarias. (BOE-A-2026-14744)
Orden APA/682/2026, de 23 de junio, por la que se reconoce a la Organización Interprofesional de las Plantas Aromáticas y Medicinales, Interpam, como organización interprofesional agroalimentaria.
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Orden APA/682/2026, de 23 de junio, por la que se reconoce a la Organización Interprofesional de las Plantas Aromáticas y Medicinales, Interpam, como organización interprofesional agroalimentaria.Núm. 164
Martes 7 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 93862
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
14744
Orden APA/682/2026, de 23 de junio, por la que se reconoce a la
Organización Interprofesional de las Plantas Aromáticas y Medicinales,
Interpam, como organización interprofesional agroalimentaria.
De conformidad con la propuesta elevada por la Secretaría General de Recursos
Agrarios y Seguridad Alimentaria relativa a la solicitud de reconocimiento como organización
interprofesional agroalimentaria, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE)
n.º 1308/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el
que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que
se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001
y (CE) n.º 1234/2007 y en virtud del Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las
Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, reuniendo todos los requisitos
establecidos en la vigente normativa y habiéndose informado favorablemente por el
Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en su reunión
del día 19 de junio de 2026, acuerdo:
Reconocer como organización interprofesional agroalimentaria en el sector de las
plantas aromáticas y medicinales a la Organización Interprofesional de las Plantas
Aromáticas y Medicinales, Interpam, que se inscribirá por la Dirección General de
Alimentación en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con el
artículo 114.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo máximo
de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o,
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo máximo de dos meses a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo
con los artículos 11.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambas vías de
impugnación.
cve: BOE-A-2026-14744
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de junio de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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