Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 14-07-2026
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-15374)
Resolución de 6 de julio de 2026, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Springboard Consultancy, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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Resolución de 6 de julio de 2026, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Springboard Consultancy, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.Núm. 170
Martes 14 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 99239
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
15374
Resolución de 6 de julio de 2026, de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Springboard Consultancy,
SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de
estudiantes de postgrado.
La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Springboard Consultancy, SL,
han suscrito, con fecha 3 de julio de 2026, un convenio para que los alumnos de los
programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en dicha entidad sus prácticas
académicas externas curriculares o extracurriculares y proyectos de fin de Máster, por lo
que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 6 de julio de 2026.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Luis Carreras
Guillén.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Springboard
Consultancy, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de
estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS
EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura
cve: BOE-A-2026-15374
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Ángel Pelayo González-Torre, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante UIMP) (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 35/2026, de 13 de enero, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Bernard Noël, representante legal de Springboard Consultancy,
SL (entidad con NIF. B66673765 y domicilio social en la calle Pérez Pujol, 5, Puerta 1,
46002 Valencia), en su condición de Founder y haciendo uso de los poderes otorgados
ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Cataluña, don Francisco Javier Fernández
Alonso, mediante escritura de fecha 22 de diciembre de 2015 y número de
protocolo 3436, poderes que declara no le han sido revocados, ni disminuidos.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 14-07-2026
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