Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-07-2026
Comunidad Autónoma de La Rioja. . I. Disposiciones generales. Educación superior. (BOE-A-2026-15463)
Ley 3/2026, de 1 de julio, de la gratuidad de los estudios oficiales de grado universitario o estudios superiores equivalentes en La Rioja.
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Ley 3/2026, de 1 de julio, de la gratuidad de los estudios oficiales de grado universitario o estudios superiores equivalentes en La Rioja.Núm. 172
Jueves 16 de julio de 2026
Sec. I. Pág. 99702
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
15463
Ley 3/2026, de 1 de julio, de la gratuidad de los estudios oficiales de grado
universitario o estudios superiores equivalentes en La Rioja.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en
nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el
Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley.
La Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja, determina en su
artículo 2.j) como principio rector de las políticas de juventud de La Rioja la orientación a
la emancipación juvenil, configurándola, además, como un derecho de todas las
personas jóvenes en su artículo 3.g), facilitando su acceso a aquellas prestaciones y
servicios orientados a promover la misma.
Dentro de las citadas prestaciones se encuentra, sin duda, la educación universitaria,
que se configura como un servicio necesario en aras a la obtención de un empleo que
permita a los jóvenes no solo contribuir a la sociedad desde los ámbitos en que se
especializan, sino también conseguir la necesaria madurez intelectual y social, así como
la autonomía económica que conduce a la emancipación.
Asimismo, resulta necesario garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a
la educación superior en función de las aptitudes y vocación del alumnado, sin que
quepan discriminaciones debidas a la capacidad económica o nivel social del mismo. Por
ello, la Comunidad Autónoma de La Rioja, en virtud de las competencias atribuidas en
los artículos 7.2 y 10.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, busca promover no solo
la igualdad en el acceso a la educación superior, sino también la cultura del esfuerzo
dentro del sistema educativo.
De otro lado, la Comunidad Autónoma de La Rioja viene avanzando en los últimos
años en la garantía de la gratuidad de la educación en todos sus niveles. Conseguida ya
la gratuidad en los niveles educativos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria,
Bachillerato y Formación Profesional, resulta necesario continuar avanzando hacia la
gratuidad de la educación superior, cumpliendo el deber de los poderes públicos de
eliminar aquellos obstáculos que afecten a la libertad y la igualdad de las personas
riojanas.
Con objeto de fomentar lo establecido en los párrafos anteriores, para el
curso 2024/2025, se estableció la financiación de los créditos de estudios oficiales de
grado universitario en primera matrícula en la Universidad de La Rioja correspondientes
al curso 2025/2026. Posteriormente, en fecha 14 de mayo de 2026, se firmó el convenio
entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y
Juventud, y la Universidad de La Rioja para la financiación de la primera matrícula en
asignaturas de primer y segundo curso de estudios oficiales universitarios de grado en la
Universidad de La Rioja.
El citado convenio ha permitido articular subvenciones a través de las cuales el
Gobierno de La Rioja financia a la Universidad de La Rioja el importe de la primera
matrícula de asignaturas de primer y segundo curso de estudios universitarios oficiales
de grado en dicha universidad para el curso académico 2025/2026. Sin embargo, y tras
la gestión de la convocatoria, se ha detectado la necesidad de replantear la forma de
cve: BOE-A-2026-15463
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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