Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-15534)
Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz en base a escrito contra la resolución por la que se desestiman las alegaciones formuladas en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria y, en consecuencia, contra la inscripción ya practicada de la representación gráfica georreferenciada de dos registrales sitas en el ámbito territorial del referido Registro.
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Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz en base a escrito contra la resolución por la que se desestiman las alegaciones formuladas en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria y, en consecuencia, contra la inscripción ya practicada de la representación gráfica georreferenciada de dos registrales sitas en el ámbito territorial del referido Registro.Núm. 172
Jueves 16 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 100139
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15534
Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz en base a escrito contra
la resolución por la que se desestiman las alegaciones formuladas en el
curso del procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria y,
en consecuencia, contra la inscripción ya practicada de la representación
gráfica georreferenciada de dos registrales sitas en el ámbito territorial del
referido Registro.
En el recurso interpuesto por doña Y. C. M. M. contra la calificación del registrador de
la Propiedad de Caravaca de la Cruz, don Segundo Miguel Pascual Soler, en base a
escrito suscrito por la recurrente contra la resolución por la que se desestiman las
alegaciones formuladas por ésta en el curso del procedimiento regulado en el
artículo 199 de la Ley Hipotecaria y, en consecuencia, contra la inscripción ya practicada
de la representación gráfica georreferenciada de dos registrales sitas en el ámbito
territorial del referido Registro.
Hechos
Con ocasión de la presentación en el Registro de la Propiedad de Caravaca de la
Cruz de la titulación oportuna, fue practicada la inscripción de la representación gráfica
georreferenciada de las fincas registrales número 21.609 y 21.612 el día 15 de diciembre
de 2015, previa tramitación del procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley
Hipotecaria. En el curso del mismo, fueron formuladas alegaciones por doña Y. C. M. M.,
en fecha 24 de septiembre de 2025, sin aportar justificación gráfica que concretara cuál
es la georreferenciación que invocaba para su finca, a fin de conocer cuál es el área
geográfica concreta afectada por el supuesto solape o invasión. Requerida a estos
efectos, fue aportado informe de validación gráfica frente a parcelario catastral del que
resultaba que las bases gráficas que pretendían inscribirse en nada afectaban a la
propiedad de doña Y. C. M. M., razón por la cual se volvió a efectuar nuevo
requerimiento en los citados términos, contestando al mismo en fecha 21 de noviembre
de 2025, haciendo constar que la principal discrepancia con la representación gráfica
cuya inscripción se pretendía suponía en la pretendida invasión del camino de acceso a
su finca, aportando nuevamente informe de validación gráfica frente a parcelario
catastral del que, nuevamente, no resultaba afectación a la propiedad de doña Y. C. M.
M. de la base gráfica propuesta por el promotor. Todo lo anterior conducía a la
desestimación de las alegaciones por el registrador y a la práctica de las inscripciones
solicitadas.
II
Contra dicha resolución favorable a la práctica de los asientos solicitados, doña Y. C.
M. M. interpuso recurso mediante escrito fechado el día 14 de enero de 2026, que fue
remitido el día 15 de enero de 2026 a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública a través de oficina del Servicio de Correos y que tuvo entrada en el Registro de
cve: BOE-A-2026-15534
Verificable en https://www.boe.es
I
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 16-07-2026
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