Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-07-2026

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Boletín Oficial del Estado
18/07/2026

Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. (BOE-A-2026-15725)

Resolución de 5 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se aprueban las tarifas de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, E.P.E., M.P., por la elaboración de Bonos del Estado, para la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

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Resolución de 5 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se aprueban las tarifas de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, E.P.E., M.P., por la elaboración de Bonos del Estado, para la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 18 de julio de 2026

Sec. III. Pág. 101900

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
15725

Resolución de 5 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
aprueban las tarifas de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa
de la Moneda, E.P.E., M.P., por la elaboración de Bonos del Estado, para la
Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional del Ministerio de
Economía, Comercio y Empresa.

Primero.
Aprobar las tarifas que se incorporan como anexo a esta resolución y que
constituirán los importes a percibir por la FNMT-RCM, E.P.E., M.P., en cuanto medio
propio personificado, por la elaboración de Bonos del Estado, para la Secretaría General
del Tesoro y Financiación Internacional del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa.

cve: BOE-A-2026-15725
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
dispone que los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera
directa prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión
de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose
de otra persona jurídica distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado,
previo encargo a esta, siempre y cuando la persona jurídica que utilicen merezca la
calificación jurídica de medio propio personificado respecto de ellos.
La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública
Empresarial, Medio Propio (en adelante, FNMT-RCM, E.P.E., M.P.) tiene la consideración
de medio propio personificado de la Administración General del Estado, de las
comunidades y ciudades autónomas y de las entidades locales, así como de los
organismos, entes y entidades del sector público estatal, autonómico y local, sean de
naturaleza jurídica pública o privada, vinculados o dependientes de aquellas, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.3 y 5.1 del Estatuto de la Entidad,
aprobado por el Real Decreto 51/2023, de 31 de enero, y en los artículos 32 y 33 y la
disposición adicional quincuagésima sexta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
En los casos de encargos realizados por poderes adjudicadores del sector público
estatal, autonómico y local, cumpliéndose por la FNMT-RCM, E.P.E., M.P., los requisitos
contemplados en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, la compensación a
percibir por la FNMT-RCM, E.P.E., M.P., como medio propio personificado, deberá
atender para su aprobación y cálculo, a lo preceptuado en el apartado 2, letra a), de este
artículo, y en el artículo 6, apartados 2 y 3, del Estatuto de la Entidad.
De acuerdo con lo anterior, realizado el encargo, este encargo será de ejecución
obligatoria para la FNMT-RCM, E.P.E., M.P., con la retribución que se fije por referencia a
las tarifas aprobadas por la Subsecretaría de Hacienda, en cuanto órgano directivo de
adscripción, de conformidad con el artículo 6.1 del Estatuto de la FNMT-RCM, E.P.E.,
M.P., y el artículo 12.11.b) del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
Por lo expuesto, por esta Subsecretaría de Hacienda se procede a aprobar las tarifas
específicas a aplicar por la Entidad, por la elaboración de Bonos del Estado, para la
Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de la FNMTRCM, E.P.E., M.P., resuelvo:

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