Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 20-07-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-15821)
Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Gijón, para el ejercicio de las respectivas competencias en materia de prevención y extinción de incendios en el recinto portuario.
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Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Gijón, para el ejercicio de las respectivas competencias en materia de prevención y extinción de incendios en el recinto portuario.Núm. 175
Lunes 20 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 102328
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
15821
Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Gijón, para el ejercicio de
las respectivas competencias en materia de prevención y extinción de
incendios en el recinto portuario.
El Excelentísimo Ayuntamiento de Gijón y la Autoridad Portuaria de Gijón ha firmado
en fecha 7 de mayo de 2026 un Convenio para el ejercicio de las respectivas
competencias en materia de prevención y extinción de incendios en el recinto portuario.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, cuya copia figura como
anexo de esta resolución.
Gijón, 22 de mayo de 2026.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Gijón, Nieves
Roqueñí Gutiérrez.
ANEXO
Convenio entre el Excelentísimo Ayuntamiento de Gijón y la Autoridad Portuaria de
Gijón para el ejercicio de las respectivas competencias en materia de prevención y
extinción de incendios en el recinto portuario
Gijón, 7 de mayo de 2026.
REUNIDAS
Ambas partes manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y
competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación para
suscribir el presente convenio y a tal efecto
EXPONEN
I. Que entre las competencias atribuidas a las Autoridades Portuarias recogidas en
el artículo 25 del TRLPPMM, se encuentra la prestación de los servicios generales, así
cve: BOE-A-2026-15821
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, la Ilustrísima señora doña María del Carmen Moriyón Entrialgo,
Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de Gijón, proclamada con tal en la sesión
del Pleno del Ayuntamiento celebrado con fecha 17 de junio de 2023, en ejercicio de la
competencia que tiene atribuida en virtud de lo dispuesto en el artículo 124.4.a) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, actuando en
nombre y representación de la citada entidad.
De otra parte, doña María Nieves Roqueñí Gutiérrez, Presidenta de la Autoridad
Portuaria de Gijón (en adelante APG) nombrada mediante Acuerdo del Consejo de
Gobierno del Principado de Asturias de fecha 7 de febrero de 2025, publicado en el
«Boletín Oficial del Principado» de Asturias y en el «Boletín Oficial del Estado» el día 14
de febrero de 2025, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las
facultades que le otorga el artículo 31.2 del texto refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5
septiembre (en adelante TRLPEMM), y encontrándose especialmente facultada por este
acto en virtud de acuerdo del Consejo de Administración del Organismo.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 20-07-2026
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