Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2026-15856)
Orden PJC/738/2026, de 8 de julio, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justica, que superó el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
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Orden PJC/738/2026, de 8 de julio, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justica, que superó el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.Núm. 176
Martes 21 de julio de 2026
Sec. II.A. Pág. 102700
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15856
Orden PJC/738/2026, de 8 de julio, por la que se otorga destino al personal
funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justica, que
superó el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso
libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas
judiciales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio
Judicial (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por
Orden de 8 de julio de 2026, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Las personas funcionarias del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el
responsable de la oficina judicial de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados a partir del 1 de septiembre de 2026, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual
deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos
F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la
Gerencia Territorial que corresponda.
Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta orden, que pertenezcan ya
como titulares al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y
Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano
competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los
efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal de la
Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que las personas funcionarias optaren por ingresar en el Cuerpo de
Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a
cve: BOE-A-2026-15856
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
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