Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 25-07-2026
Tribunal Constitucional. . T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2026-16245)
Pleno. Sentencia 49/2026, de 23 de junio de 2026. Recurso de amparo 1460-2024. Promovido por Tempus Holdings 76, S.A.R.L., respecto de la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimatoria de la acción de anulación de laudo arbitral. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho), en conexión con el principio de autonomía de la voluntad: sentencia que ignora los límites propios de la acción de anulación del laudo y sustituye indebidamente el criterio arbitral en la valoración del material probatorio (STC 146/2024); declaración de firmeza de sendos extremos del laudo.
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Pleno. Sentencia 49/2026, de 23 de junio de 2026. Recurso de amparo 1460-2024. Promovido por Tempus Holdings 76, S.A.R.L., respecto de la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimatoria de la acción de anulación de laudo arbitral. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho), en conexión con el principio de autonomía de la voluntad: sentencia que ignora los límites propios de la acción de anulación del laudo y sustituye indebidamente el criterio arbitral en la valoración del material probatorio (STC 146/2024); declaración de firmeza de sendos extremos del laudo.Núm. 180
Sábado 25 de julio de 2026
Sec. TC. Pág. 105539
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
16245
Pleno. Sentencia 49/2026, de 23 de junio de 2026. Recurso de amparo
1460-2024. Promovido por Tempus Holdings 76, S.A.R.L., respecto de la
sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid estimatoria de la acción de anulación de laudo arbitral. Vulneración
del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho), en
conexión con el principio de autonomía de la voluntad: sentencia que ignora
los límites propios de la acción de anulación del laudo y sustituye
indebidamente el criterio arbitral en la valoración del material probatorio (STC
146/2024); declaración de firmeza de sendos extremos del laudo.
ECLI:ES:TC:2026:49
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el Magistradodon Cándido
Conde-Pumpido Tourón, Presidente, y las Magistradas y Magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan
Carlos Campo Moreno, doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 1460-2024, promovido por la entidad Tempus
Holdings 76, S.A.R.L., contra la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, de 19 de octubre de 2023, y contra el auto de la misma
Sala, de 16 de enero de 2024, que desestimó el incidente de nulidad de actuaciones
promovido contra la anterior resolución. Han intervenido la entidad Looping Webs, S.L.,
como parte personada, y el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la Magistrada
doña Inmaculada Montalbán Huertas.
I.
Antecedentes
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo, y
a los que se refiere la demanda presentada, son los siguientes:
a) Las resoluciones judiciales impugnadas en el recurso son: (i) la sentencia
dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que
estimó la acción de anulación parcial interpuesta por la entidad Looping Webs, S.L.,
contra la recurrente en amparo por vulneración del orden público, en concreto respecto
de uno de los pronunciamientos del laudo de 13 de febrero de 2023, dictado por el
cve: BOE-A-2026-16245
Verificable en https://www.boe.es
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 29 de
febrero de 2024, el procurador de los tribunales don Victorio Venturini Medina, actuando
en nombre y representación de la entidad Tempus Holdings 76, S.A.R.L., bajo la defensa
del abogado don Javier Vicente Pérez, interpuso demanda de amparo contra las
resoluciones arriba mencionadas.
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