Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 25-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-16223)
Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por el registrador de la propiedad de Torrevieja n.º 3, por la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler solicitado para una finca.
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Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por el registrador de la propiedad de Torrevieja n.º 3, por la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler solicitado para una finca.Núm. 180
Sábado 25 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 105052
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
16223
Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
emitida por el registrador de la propiedad de Torrevieja n.º 3, por la que se
suspende la asignación de número de registro de alquiler solicitado para una
finca.
En el recurso interpuesto por doña H. K., en nombre y representación de doña M. A.
N., contra la nota de calificación emitida por el registrador de la Propiedad de Torrevieja
número 3, don Alejandro María Bañón González, por la que se suspende la asignación
de número de registro de alquiler solicitado para una finca.
Hechos
I
Mediante instancia presentada en el Registro de la Propiedad de Torrevieja
número 3, se solicitó la asignación de número de registro de alquiler para la finca con
código registral único 03059000356560, finca registral número 67.552.
Procede reseñar que, en la solicitud de asignación presentada, se indicaba que lo
era para uso no turístico (finca completa, 4 arrendatarios); no obstante, y como se verá,
en el recurso interpuesto contra la calificación se realiza constante referencia a uso
turístico, y se alude a la licencia concedida por la Administración Autonómica.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Torrevieja número 3,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Resulta de los estatutos inscritos de la división horizontal en la que está integrada la
vivienda (inscripción 3.ª de obra nueva y división horizontal de la finca 67552), la
siguiente prohibición: “Artículo 1. Las viviendas habrán de destinarse exclusivamente a
uso residencial. Queda prohibido desarrollar en ellas cualquier actividad industrial,
mercantil o profesional, sin autorización de la Comunidad de Propietarios.”
Consta como fecha de dicha inscripción la de 23 de marzo de 1991.
Consta como fecha de inscripción en el Registro de Turismo de la Generalitat la
de 17 de abril de 2023.
Transcurrido el tiempo de subsanación de los 7 días hábiles desde la notificación
negativa, se suspenderá la validez del número de registro afectado y se comunicará a la
Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, para que la Dirección General de
Planificación y Evaluación dicte resolución y ordene a las plataformas en línea de alquiler
de corta duración la eliminación o inhabilitación del acceso a ellos.
cve: BOE-A-2026-16223
Verificable en https://www.boe.es
«Calificado el precedente documento suspendo su inscripción por el siguiente
defecto que considero subsanable:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 25-07-2026
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Resolución de 20 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad interino de Madrid n.º 21, por el que se deniega la práctica del asiento de presentación de un acta...
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