Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-07-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2026-16332)
Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, de exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas para el término municipal de Vigo.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, de exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas para el término municipal de Vigo.Núm. 182
Lunes 27 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 105990
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
16332
Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, de exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de
servidumbres aeronáuticas para el término municipal de Vigo.
Hechos
Primero.
El término municipal de Vigo se encuentra afectado por las servidumbres aeronáuticas
establecidas para el aeropuerto de Vigo, tal como se establece en el Real Decreto 2278/1986,
de 25 de septiembre, por el que se establecen las nuevas servidumbres aeronáuticas del
aeropuerto de Vigo (BOE núm. 261, de 31 de octubre de 1986).
Segundo.
El estudio 260601_NT_AESA_Exencion Fase 2_Vigo (Municipio)_v0 realizado por
los servicios técnicos de esta agencia acredita que la ejecución en dicho término
municipal de construcciones, instalaciones o plantaciones, que cumpla con las
condiciones que se establecen en la presente resolución de exención, no supera las
superficies de limitación de altura de las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de
Vigo, y no supone afección a la seguridad ni regularidad de las operaciones aéreas ni al
correcto funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Segundo.
De conformidad con el artículo 32 del 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan
las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, y se modifica el Real
Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés
general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social,
la Autoridad Nacional de Supervisión Civil o el órgano competente del Ministerio de
cve: BOE-A-2026-16332
Verificable en https://www.boe.es
Vistos los artículos 3, apartado g), 15 y 31 del Real Decreto 369/2023, de 16 de
mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la
navegación aérea, y se modifica el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la
ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de
lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, no se podrá llevar a cabo ninguna
construcción, instalación o plantación ubicada en los espacios y zonas afectados por
servidumbres aeronáuticas o que pueda constituir obstáculo, entendiéndose como
obstáculo todo objeto fijo (ya sea temporal o permanente) o móvil, o partes del mismo
que penetre las servidumbres aeronáuticas, o bien supere los 100 metros de altura
respecto al nivel del terreno o agua circundante, si las autorizaciones emitidas por las
Administraciones públicas no cuentan con el acuerdo previo favorable de la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea en el ámbito de sus competencias. El mismo acuerdo previo
favorable se exigirá para las actuaciones no sujetas a control previo administrativo.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-07-2026
Orden TDF/766/2026, de 22 de julio, por la que se nombra personal funcionario de carrera, en el marco de la estabilización de empleo temporal, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, y se asigna primer destino.
Resolución de 15 de julio de 2026, de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se nombra Profesora Titular de Universidad a doña Olatz Grijalba Aseguinolaza.
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Resolución de 16 de julio de 2026, de la Universidad de Murcia, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Federico Martínez-Carrasco Pleite.
Acuerdo de 21 de julio de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en las pruebas de especialización para la provisión de plazas de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional social, convocadas por...
Anuncio de licitación de: Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Guadalajara. Objeto: Servicio de limpieza y aseo, desinsectación, desinfección y desratización, y reciclaje y gestión de residuos (alquilerde jaulas) del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples sito en la Avenida del Ejército número 12 de Guadalajara,. Expediente: PA...