Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Albacete y Cuenca.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 28-07-2026
Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-16423)
Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Albacete y Cuenca.
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Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Albacete y Cuenca.Núm. 183
Martes 28 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 106305
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
16423
Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Administradores de
Fincas de Albacete y Cuenca.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Administradores de Fincas de Albacete y Cuenca, un Convenio de colaboración en
materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de julio de 2026.–El Director General del Catastro, Jesús Puebla Blasco.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Albacete
y Cuenca, de colaboración en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Albacete, a veinte de julio del año dos mil veintiséis.
De una parte, don Jesús Puebla Blasco, Director General del Catastro, en virtud del
Real Decreto 168/2026, de 3 de marzo (BOE núm. 56, de 4 de marzo) en ejercicio de las
competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo decimoctavo de la
Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que
se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 31 de
diciembre de 2021).
De otra parte, don Antonio Fuentes Sánchez, Presidente del Colegio Oficial de
Administradores de Fincas de Albacete y Cuenca, elegido en el proceso electoral de 7 de
junio de 2024, cuya representación ostenta al amparo del artículo 22 de los Estatutos del
Colegio, a los que se da publicidad mediante Resolución de 5 de diciembre de 2002, de
la Secretaria General de la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM de 11 de diciembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes administraciones, entidades y corporaciones
públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2026-16423
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 28-07-2026
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