Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 28-07-2026
Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-16424)
Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada.
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Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada.Núm. 183
Martes 28 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 106312
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
16424
Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de
Fincas de Granada.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Territorial
de Administradores de Fincas de Granada, un Convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de julio de 2026.–El Director General del Catastro, Jesús Puebla Blasco.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada,
de colaboración en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Granada, a veinte de julio del año dos mil veintiséis.
De una parte, Jesús Puebla Blasco, Director General del Catastro, en virtud del Real
Decreto 168/2026, de 3 de marzo (BOE núm. 56, de 4 de marzo) en ejercicio de las
competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo decimoctavo de la
Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que
se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 31 de
diciembre de 2021).
De otra parte, Rafael Martín-Ambel Gómez, Presidente del Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Granada, nombrado con fecha 2 de diciembre de 2025,
que ostenta la representación del Colegio al amparo del artículo 20 de los Estatutos del
Colegio, cuya última modificación fue aprobada por Orden de 14 de febrero de 2012 de
la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía (BOJA de 8 de marzo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2026-16424
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 28-07-2026
Resolución de 21 de julio de 2026, del Ayuntamiento de Badia del Vallès (Barcelona), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
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