Real Decreto 634/2026, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de las Mujeres, O.A.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . I. Disposiciones generales. Instituto de las Mujeres, O.A. Estatutos. (BOE-A-2026-16550)
Real Decreto 634/2026, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de las Mujeres, O.A.
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Real Decreto 634/2026, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de las Mujeres, O.A.Núm. 185
Jueves 30 de julio de 2026
Sec. I. Pág. 106800
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
16550
Real Decreto 634/2026, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos
del Instituto de las Mujeres, O.A.
El Instituto de las Mujeres, O.A., (en adelante, el Instituto) se creó por medio de la
Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo «Instituto de la
Mujer», y su estructura y funcionamiento se regulan en el Real Decreto 774/1997,
de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de la Mujer.
Desde su creación, el Instituto ha experimentado sucesivos cambios en su
denominación. Así, pasó a denominarse «Instituto de la Mujer y para la Igualdad de
Oportunidades» cuando, por razones de racionalización de la Administración, se acordó
la integración de las competencias de la extinta Dirección General para la Igualdad de
Oportunidades, hasta entonces dependiente de la Secretaría de Estado de Servicios
Sociales e Igualdad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, dentro de
los cometidos y estructura del Instituto de la Mujer, mediante la Ley 15/2014, de 16 de
septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa. La actual denominación del organismo como «Instituto de las
Mujeres, O.A.», fue introducida por la disposición final cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
El Instituto es, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésima
octava de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres, y en el artículo 1 de la Ley 16/1983, de 24 de octubre, el organismo
competente en el Reino de España a efectos de lo dispuesto en el artículo 20 de la
Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006,
relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato
entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, y a lo dispuesto en el
artículo 12 de la Directiva del Consejo 2004/113/CE, de 13 de diciembre de 2004, sobre
aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a
bienes y servicios y su suministro.
Asimismo, es el organismo de fomento de la igualdad conforme a lo previsto en el
artículo 11 de la Directiva 2010/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de
julio de 2010, sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres que ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la
Directiva 86/613/CEE del Consejo.
De igual modo, es el organismo de promoción del equilibrio de género en las sociedades
cotizadas, de acuerdo con lo previsto por el artículo 10 de la Directiva (UE) 2022/2381 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, relativa a un mejor
equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas
conexas, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley
Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de
mujeres y hombres.
En el año 2024 se aprobaron dos directivas que afectan directamente a los
organismos de igualdad, como son el Instituto y la Autoridad Independiente para la
Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I. En concreto, la Directiva (UE) 2024/1499
del Consejo, de 7 de mayo de 2024, sobre las normas relativas a los organismos de
igualdad en el ámbito de la igualdad de trato entre las personas con independencia de su
origen racial o étnico, la igualdad de trato entre las personas en materia de empleo y
cve: BOE-A-2026-16550
Verificable en https://www.boe.es
I
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