Ley 2/2026, de 29 de julio, de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª.

Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-07-2026

Versión beta
Boletín Oficial del Estado

Jefatura Del Estado. . I. Disposiciones generales. Seguridad Social. (BOE-A-2026-16653)

Ley 2/2026, de 29 de julio, de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª.

Buscador de información oficial

¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Hemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificial

Contenido de la primera página

Ley 2/2026, de 29 de julio, de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Viernes 31 de julio de 2026

Sec. I. Pág. 107618

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO
16653

Ley 2/2026, de 29 de julio, de modificación del Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas
reguladas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley:
PREÁMBULO

La inclusión de los trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en lo sucesivo,
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) tras la entrada en vigor del
Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos no afectó a todos
los colectivos de estos trabajadores, que no estuvieran integrados en el Régimen
Especial Agrario, de forma inmediata, sino que, por distintos motivos, tuvo que
producirse de forma gradual mediante la aprobación de sucesivas disposiciones con
ese objeto.
Especialmente relevante ha sido la progresiva inclusión en este régimen especial de
los profesionales liberales que para el ejercicio por cuenta propia de su profesión
necesitan estar inscritos en un colegio profesional, los cuales, en la primera redacción
del citado Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, no pudieron incorporarse al régimen
especial por no estar afiliados obligatoriamente a la Organización Sindical de la época,
como exigían los artículos 2.º y 3.º del citado decreto, afiliación que no dejó de ser
obligatoria y ser extinguida hasta el Real Decreto-ley 31/1977, de 2 de junio, sobre
extinción de la sindicación obligatoria, reforma de estructuras sindicales y reconversión
del Organismo autónomo «Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales».
Extinguida la Organización Sindical, el Real Decreto 2504/1980, de 24 de octubre,
por el que se modifican los artículos 2.º y 3.º del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto,
que regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta
propia o autónomos, modificó los citados artículos y permitió la inclusión en el régimen
de estos profesionales, pero solo previa solicitud de los órganos superiores de
representación de dichas entidades, que debía ser aprobada mediante orden ministerial,
a partir de la cual se convertía en obligatoria.
Algunos colegios profesionales hicieron uso de esta opción, pero otros se acogieron
a instrumentos de aseguramiento privado para cumplir los fines de protección social de
sus colegiados que tenían legalmente asignados, siendo una de las posibles opciones la
afiliación a mutualidades de previsión social reguladas por la Ley de Mutualidades Libres
de 6 de diciembre de 1941. Una vez que el colegio profesional optaba por esta vía,
la correspondiente mutualidad se configuraba como obligatoria para los colegiados del
respectivo colegio profesional.

cve: BOE-A-2026-16653
Verificable en https://www.boe.es

I

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 31-07-2026

Universidades. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2026-16688)

Resolución de 28 de julio de 2026, de la Universidad de Salamanca, por la que se corrigen errores en la de 3 de julio de 2026, por la que se nombran Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. Planes de estudios. (BOE-B-2026-25763)

Anuncio de formalización de contratos de: ADIF - Presidencia. Objeto: Ejecución de las obras del proyecto de reposición y ejecución de cerramientos en el ámbito de la Red Convencional. Lote 7. Servicios logísticos. Área territorial centro. Expediente: 3.25/27507.0358.

Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.

Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.

Iniciar sesión
Crear cuenta (es gratis, rápido y sencillo)

Indica, solo si quieres, en una o dos palabras tu principal interés (p.ej., auxiliar administrativo o ayudas formación...etc.), muy pronto podremos enviarte un correo electrónico cada vez que aparezca ese contenido en los boletines.

Recogemos tus datos para gestionar el alta dentro del Servicio...y poco más. Por supuesto, puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según indica nuestra Política de Privacidad.
* campo obligatorio Prefiero iniciar sesión
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-25779)

Resolución de la Autoridad Portuaria de Ceuta por la que se hace público el otorgamiento de concesión demanial a favor de D. Sebastián García León.

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-25790)

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre el inicio del procedimiento para el otorgamiento de concesión demanial de aprovechamiento de cultivo agrícola, mediante régimen de concurrencia, sito en el t.m. de Huéscar (Granada). Exp. SAP-2026-AYC-64.

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-25793)

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. relativo a la información pública de una solicitud de autorización para aprovechamiento de pastos en terrenos de dominio público hidráulico en el T.M. de Siete Aguas (Valencia). Expediente 2025AR0111.

¿No has encontrado lo que buscas?
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Si crees que podemos ser de utilidad, comparte Oficius con tus contactos.