Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se da publicidad a la Resolución por la que se extingue la habilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica a la empresa Eléctrica de Montsec, S.L. (R2-352) y se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-08-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-25865)
Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se da publicidad a la Resolución por la que se extingue la habilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica a la empresa Eléctrica de Montsec, S.L. (R2-352) y se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes.
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Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se da publicidad a la Resolución por la que se extingue la habilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica a la empresa Eléctrica de Montsec, S.L. (R2-352) y se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes.Núm. 187
Sábado 1 de agosto de 2026
Sec. V-B. Pág. 41647
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
25865
Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se
da publicidad a la Resolución por la que se extingue la habilitación para
el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica a la
e mpre sa Eléctrica de Montse c, S.L. (R2-352) y se traspasan sus
clie nte s a un come rcializador de re fe re ncia y se de te rminan las
condicione s de suministro a dichos clie nte s.
De conformidad con lo establecido en los artículos 41, 45 y 46 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial del Estado, por el que se da publicidad a la Resolución de 30 de julio
de 2026 dictada por el Director General de Política Energética y Minas por la que
se extingue la habilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización de
energía eléctrica a la empresa Eléctrica de Montsec, S.L. (R2-352) y se traspasan
sus clientes a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de
suministro a dichos clientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.2 de
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los siguientes
términos:
Uno. Acordar la extinción de la habilitación de la empresa Eléctrica de
Montsec, S.L. para el ejercicio de la actividad de comercialización durante un año
por incumplimiento del requisito establecido en el artículo 14.4.a) del Reglamento
general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica
aprobado por el Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, relativo a la presentación
de las garantías que resulten exigibles, el artículo 14.4.c) relativo a la compra de
energía necesaria para sus consumidores y el artículo 14.4.d) relativo al pago de
los peajes de acceso a la red y los cargos.
La extinción de la habilitación de Eléctrica de Montsec, S.L., en su actividad de
comercialización de energía eléctrica adquirirá eficacia al día siguiente en que se
haga efectivo el traspaso de los clientes a los comercializadores de referencia que
corresponda, según lo dispuesto en dicha resolución.
Tres. Las medidas cautelares adoptadas en el acuerdo de fecha de 29 de junio
de 2026 por el que se inició el procedimiento de extinción de la habilitación de la
referida empresa para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía
eléctrica se extinguirán cuando la extinción de la habilitación así acordada surta
efectos conforme a lo dictado en el punto uno, sin perjuicio de lo dispuesto en el
apartado cuatro.
Cuatro. Acordar que, durante el periodo de extinción de la habilitación
establecido en el apartado uno, no se podrá realizar el traspaso de los clientes que
hayan sido suministrados por Eléctrica de Montsec, S.L., a cualquier otra empresa
del mismo grupo empresarial o a empresas vinculadas a la misma. A estos efectos,
podrán entenderse como empresas vinculadas, entre otras, las que posean o
hayan poseído un mismo administrador.
Cinco. Comunicar la presente resolución a la Comisión Nacional de los
cve: BOE-B-2026-25865
Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde
Dos. Acordar, consecuentemente, el traspaso de los clientes de la empresa
Eléctrica de Montsec, S.L. a un comercializador de referencia.
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