Orden PJC/808/2026, de 30 de julio, por la que se concretan determinados aspectos del procedimiento para el aplazamiento y fraccionamiento del pago con dispensa de garantía a pequeñas y medianas empresas de alta intensidad inversora en I+D+I, para las cuotas de préstamos de determinadas convocatorias de los programas estatales de investigación, desarrollo e innovación orientada a los retos de la sociedad y para impulsar la investigación científico-técnica y su transferencia.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2026-16807)
Orden PJC/808/2026, de 30 de julio, por la que se concretan determinados aspectos del procedimiento para el aplazamiento y fraccionamiento del pago con dispensa de garantía a pequeñas y medianas empresas de alta intensidad inversora en I+D+I, para las cuotas de préstamos de determinadas convocatorias de los programas estatales de investigación, desarrollo e innovación orientada a los retos de la sociedad y para impulsar la investigación científico-técnica y su transferencia.
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Orden PJC/808/2026, de 30 de julio, por la que se concretan determinados aspectos del procedimiento para el aplazamiento y fraccionamiento del pago con dispensa de garantía a pequeñas y medianas empresas de alta intensidad inversora en I+D+I, para las cuotas de préstamos de determinadas convocatorias de los programas estatales de investigación, desarrollo e innovación orientada a los retos de la sociedad y para impulsar la investigación científico-técnica y su transferencia.Núm. 187
Sábado 1 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 108237
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Orden PJC/808/2026, de 30 de julio, por la que se concretan determinados
aspectos del procedimiento para el aplazamiento y fraccionamiento del pago
con dispensa de garantía a pequeñas y medianas empresas de alta
intensidad inversora en I+D+I, para las cuotas de préstamos de determinadas
convocatorias de los programas estatales de investigación, desarrollo e
innovación orientada a los retos de la sociedad y para impulsar la
investigación científico-técnica y su transferencia.
La política estatal de fomento, desarrollo e innovación de la investigación científicatécnica y la innovación se ha articulado, en las últimas décadas, a través de diversos
planes nacionales y estatales que han configurado un marco estable de apoyo al
desarrollo tecnológico y a la colaboración entre agentes públicos y privados. Desde el
VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación
Tecnológica 2008-2011, y posteriormente mediante los Planes Estatales de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación (en adelante PEICTI) 2013-2016, 2017-2020
y 2021-2023, se han articulado convocatorias de ayudas dirigidas a impulsar proyectos
estratégicos de I+D+I.
En estas convocatorias, la financiación a las entidades beneficiarias se ha
instrumentado mayoritariamente en forma de préstamos reembolsables en condiciones
ventajosas respecto al mercado, con el objetivo de estimular la inversión privada y
favorecer la maduración tecnológica de proyectos con elevado potencial científico,
tecnológico y económico. Este esquema ha resultado particularmente relevante para las
PYMES con alta intensidad inversora en I+D+I, cuyo modelo de negocio se caracteriza
por elevados requerimientos de capital, largos periodos de maduración y una
dependencia significativa de mecanismos públicos de financiación.
Sin embargo, la evolución económica reciente marcado por el convulso escenario
geopolítico internacional ha ahondado en las dificultades de acceso a liquidez y
financiación externa para estas empresas, especialmente en sectores como el
biotecnológico, donde los procesos de investigación y validación tecnológica requieren
inversiones sostenidas y plazos de retorno prolongados. Ello ha generado tensiones
financieras que alteran las previsiones de devolución de los préstamos concedidos en el
marco de las convocatorias mencionadas.
Con el fin de mitigar estos efectos, mantener la competitividad de dichas empresas y
garantizar la continuidad de proyectos estratégicos, se aprobó la Orden PCM/519/2020,
de 9 de junio, por la que se concretan determinados aspectos del procedimiento para
el aplazamiento y fraccionamiento del pago con dispensa de garantía a pequeñas y
medianas empresas de alta intensidad inversora en I+D+I, para las cuotas de préstamos
de determinadas convocatorias de los subprogramas Investigación Aplicada
Colaborativa, INNPACTO y Retos Colaboración.
Esta orden perseguía un doble objetivo, por un lado, regular la expedición de una
certificación por parte del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades,
identificando las entidades y deudas que pueden acogerse a esta orden, y por otro
proporcionar a las Delegaciones de Economía y Hacienda la documentación que les
aporte elementos de juicio para analizar el carácter transitorio de las dificultades
económico-financieras de las empresas y su futura viabilidad, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 46.3.c) y 46.5.d) del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. La certificación, junto con la
cve: BOE-A-2026-16807
Verificable en https://www.boe.es
16807
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 01-08-2026
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