Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-08-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Aviación civil. (BOE-A-2026-16902)
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se prorroga la exención concedida mediante la Resolución de 27 de julio de 2023.
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Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se prorroga la exención concedida mediante la Resolución de 27 de julio de 2023.Núm. 188
Lunes 3 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 108819
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
16902
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, por la que se prorroga la exención concedida mediante la
Resolución de 27 de julio de 2023.
Antecedentes
– Las aeronaves AT-802 y AT-802A son aeronaves monomotor de turbina, con un
certificado de tipo restringido para operaciones agrícolas y de lucha contra incendios
forestales, con tren de aterrizaje fijo, no presurizadas, certificadas para operar
únicamente según las reglas de vuelo visual VFR, a una altitud máxima de vuelo
de 12 500 pies y con una velocidad máxima de crucero de 145 nudos,
– Las aeronaves AT-802 y AT-802A pertenecen a la misma clase que modelos
similares como el AT-402, AT-502 y AT-602 clasificadas como aeronaves no complejas
(a las que les aplica la Parte NCO),
– El diseño original de las aeronaves no incluye el equipo especificado en
SPO.IDE.A130, SPO.IDE.A.131 y SPO.IDE.A.145 y su instalación supondría dificultades
técnicas y costes que no serían asumibles por los operadores,
– Los pilotos actualmente habilitados para operar estas aeronaves no han sido
instruidos en la utilización del TAWS, ACAS II y FDR, puesto que tanto el entrenamiento
como la verificación en vuelo requerida para la obtención y revalidación de las
cve: BOE-A-2026-16902
Verificable en https://www.boe.es
Mediante Resolución 16 de junio de 2017, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, modificada por la Resolución de 30 de noviembre de 2017, la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea concedió una exención de dos años de duración al
cumplimiento de los apartados 3 y 5 del artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 965/2012 de
la Comisión de 5 de octubre de 2012 por el que se establecen requisitos técnicos y
procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas, a los requisitos
SPO.IDE.A.130, SPO.IDE.A.131 y SPO.IDE.A.145 previstos en el anexo VIII del mismo
reglamento y al artículo 3 del Reglamento (UE) n.º 1332/2011 de la Comisión de 16 de
diciembre de 2011 por el que se establecen requisitos comunes de utilización del espacio
aéreo y procedimientos operativos para los sistemas anticolisión de a bordo, aplicable a
los operadores de la aeronave Air Tractor AT-802 y Air Tractor AT-802A que realizasen
operaciones no comerciales, operaciones de instrucción en organizaciones de formación
aprobadas y operaciones comerciales especializadas.
La concesión de la exención estaba amparada en las medidas de flexibilidad
contempladas en el artículo 14 del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 20 de febrero de 2008 sobre normas comunes en el ámbito de
la aviación civil y por el que se crea una Agencia de la Unión Europea para la Seguridad
Aérea, actualmente derogado por el Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2018, en adelante Reglamento Base, que
contempla dichas medidas en su artículo 71.1 y 71.2.
Con el fin de disponer del tiempo necesario para la tramitación y aprobación de la
modificación de la normativa aplicable para eximir a los Air Tractor de lo arriba señalado,
de conformidad con el artículo 71.3 del Reglamento Base, se prorrogó la exención en los
años 2019, 2021 y 2023.
Previo al término de la última prórroga concedida se hace necesario nuevamente
ampliar la validez de esta exención, por un tiempo limitado y mientras no se produzca la
necesaria modificación del Reglamento (UE) n.º 965/2012, de conformidad con el
artículo 71.1 y 71.2 del Reglamento Base, ya que se mantienen las condiciones que
justifican la exención y que se describen a continuación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 03-08-2026
Resolución de 27 de julio de 2026, del Ayuntamiento de Móstoles (Madrid), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
Resolución 420/38344/2026, de 27 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Superior de Estudios Profesionales de la Fundación Universitaria San Pablo CEU, para la realización de prácticas profesionales en el ámbito de la radioterapia, anatomía patológica y citología.
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