Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-08-2026

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Boletín Oficial del Estado
07/08/2026

Comunidad Autónoma de Canarias. . I. Disposiciones generales. Himno de Canarias. (BOE-A-2026-17188)

Ley 2/2026, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias, para su adecuación al Estatuto de Autonomía de Canarias a fin de reconocer expresamente las ocho islas del archipiélago.

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Ley 2/2026, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias, para su adecuación al Estatuto de Autonomía de Canarias a fin de reconocer expresamente las ocho islas del archipiélago.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 7 de agosto de 2026

Sec. I. Pág. 110485

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
17188

Ley 2/2026, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 20/2003, de 28 de
abril, del Himno de Canarias, para su adecuación al Estatuto de Autonomía
de Canarias a fin de reconocer expresamente las ocho islas del archipiélago.

Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2026,
de 27 de mayo, de modificación de la Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de
Canarias, para su adecuación al Estatuto de Autonomía de Canarias a fin de reconocer
expresamente las ocho islas del archipiélago.

La Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias, dotó a Canarias de himno
oficial y fijó en su anexo la letra que, desde entonces, acompaña a la melodía del Arrorró
de los Cantos Canarios, de Teobaldo Power. Aquella letra incluye el verso «Repartido en
siete peñas», expresión que, en el momento de su aprobación, resultaba coherente con
la redacción estatutaria entonces vigente –que describía el archipiélago en torno a siete
islas– y con el acervo simbólico tradicional del escudo autonómico.
La aprobación de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del
Estatuto de Autonomía de Canarias, ha actualizado el marco institucional y territorial de
la comunidad autónoma. En concreto, el Estatuto reconoce a La Graciosa como isla del
archipiélago –si bien agregada administrativamente a la isla de Lanzarote– de
conformidad con los artículos 4 y 65.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias y delimita
el ámbito espacial de Canarias incluyendo siete islas con administración propia y,
además, la isla de La Graciosa y los islotes del archipiélago Chinijo. Esta nueva
configuración ha tenido una amplia aceptación social y jurídica y se ha incorporado a la
práctica institucional y a la comunicación pública.
A la luz de esta realidad normativa y social, se considera oportuno adecuar el texto
de la letra del himno en su anexo legal para que refleje explícitamente la existencia de
ocho islas. La reforma que se propone es estrictamente simbólica y técnico-jurídica: no
altera la melodía, no modifica el régimen de protección ni de usos del himno, y no afecta
al escudo ni a la bandera de Canarias. Su finalidad es alinear un símbolo oficial de alta
proyección pública con el Estatuto de Autonomía vigente, favoreciendo la coherencia
entre los emblemas institucionales y reconociendo a La Graciosa en el imaginario
colectivo que el himno proyecta.
Esta iniciativa se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Estatuto de
Autonomía de Canarias, que establece que Canarias tendrá himno propio en los
términos fijados por una ley de Parlamento de Canarias.
El ajuste se articula mediante la sustitución del número en el tercer verso del poema,
que pasará de «siete» a «ocho», manteniéndose inalterado el resto del texto. Con ello se
preserva la integridad literaria del himno, evitando reabrir un debate estético o musical
que ya fue resuelto por amplísimo consenso parlamentario cuando se aprobó la
Ley 20/2003. Asimismo, se brinda seguridad jurídica al ofrecer una redacción completa
de la letra en el anexo consolidado, sin alterar la partitura, para conocimiento y uso de
las Administraciones y la ciudadanía.

cve: BOE-A-2026-17188
Verificable en https://www.boe.es

PREÁMBULO

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