Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-17358)
Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por el registrador de la propiedad de Icod de los Vinos, por la que se suspende la inscripción de un auto dictado en expediente de dominio para la reanudación de tracto sucesivo interrumpido.
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Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por el registrador de la propiedad de Icod de los Vinos, por la que se suspende la inscripción de un auto dictado en expediente de dominio para la reanudación de tracto sucesivo interrumpido.Núm. 193
Sábado 8 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 111679
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17358
Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
emitida por el registrador de la propiedad de Icod de los Vinos, por la que se
suspende la inscripción de un auto dictado en expediente de dominio para la
reanudación de tracto sucesivo interrumpido.
En el recurso interpuesto por don A. A. D., Abogado, en nombre y representación de
don A. I. A., contra la nota de calificación emitida por el Registrador de la Propiedad de
Icod de los Vinos, don Carlos Alfonso Tocino Flores, por la que se suspende la
inscripción de un auto dictado en expediente de dominio para la reanudación de tracto
sucesivo interrumpido.
Hechos
I
Mediante auto dictado por la Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de
Icod de los Vinos, doña Candelaria Robayna Curbelo, el día 7 de enero de 1991, en el
expediente de dominio sobre reanudación de tracto interrumpido sucesivo
número 150/1990 seguido, se declaraba justificado el dominio de una finca registral
constituida por una casa de una planta situada en la Villa y Puerta de Garachico, inscrita
en el Registro de la Propiedad de Icod de los Vinos al Libro 42 de Garachico, folio 183,
inscripción 1.ª, en favor del promotor del expediente, don A. I. A., y para su sociedad
legal de gananciales, constituida con doña M. A. P. B., y para su inscripción en el
Registro de la Propiedad mediante la reanudación del tracto sucesivo interrumpido,
ordenando y disponiendo asimismo el auto la cancelación de la inscripción contradictoria
a que se refiere el artículo 202 de la Ley Hipotecaria.
Del mismo auto resultaba que se habían cumplido expresamente los requisitos
exigidos en dicho artículo 202 de la Ley Hipotecaria, «así como en la forma en que se
han practicado las citaciones exigidas en la regla 3.ª del art. 201 de dicha Ley», y que la
finca en cuestión fue adquirida por el promotor, don A. I. A., en estado de casado con
doña M. A. P. B., en virtud de compra en documento privado, que afirma dicho promotor
que se había extraviado, a don T. T. T. y doña M. C. D. A.
II
«Entrada N.º: 15 del año: 2026.
Asiento N.º: 7 Diario: 2026.
Presentado el 02/01/2026 a las 14:00:04.
Presentante: A. D. A.
Interesados: A. I. A.
Naturaleza: Testimonio Judicial.
N.º Juicio: 150/1990 de 07/01/1991.
cve: BOE-A-2026-17358
Verificable en https://www.boe.es
Presentado testimonio de dicho auto en el Registro de la Propiedad de Icod de los
Vinos, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-08-2026
Resolución de 29 de julio de 2026, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles I de Málaga a practicar una nota marginal.
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