Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-17333)
Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Ocaña, por la que extendió nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas.
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Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Ocaña, por la que extendió nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas.Núm. 193
Sábado 8 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 111436
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17333
Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Ocaña, por la que extendió nota marginal de
expedición de certificación de dominio y cargas.
En el recurso interpuesto por don J. A. F. C. contra la calificación del registrador de la
Propiedad de Ocaña, don Rafael Burgos Velasco, por la que extendió nota marginal de
expedición de certificación de dominio y cargas.
Hechos
I
Mediante mandamiento dictado el día 5 de diciembre de 2025 por doña M. I. P. L.,
letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 2 de Ocaña, se ordenaba la expedición de certificación de dominio y cargas a
efectos de la ejecución hipotecaria de la finca registral número 23.281/bis del Registro de
la Propiedad de Ocaña y la extensión de nota al margen de la hipoteca.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Ocaña, se
extendió la nota marginal de haberse expedido certificación de dominio y cargas por el
registrador, don Rafael Burgos Velasco, el día 31 de diciembre de 2025.
III
«Que con fecha 17/12/2025 he tenido conocimiento, respecto a la finca
registral 23.281/Bis, inscrita al Tomo 1058, Libro 216, Folio 159, de la solicitud de
inscripción de una nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas y de
la existencia del procedimiento de Ejecución Hipotecaria n.º 202/2023, seguido ante el
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Ocaña, en virtud de mandamiento de fecha 5
de diciembre de 2025.
Que dicha nota marginal es improcedente, contraria al ordenamiento jurídico, y
vulneradora de una resolución judicial firme, por lo que, al amparo del artículo 19 bis de
la Ley Hipotecaria, formulo recurso contra la calificación registral que ha permitido su
práctica, con base en los siguientes:
Hechos:
Primero. Existencia de una ejecución hipotecaria previa archivada por resolución firme.
Sobre la misma finca, el mismo préstamo hipotecario y el mismo título ejecutivo, se siguió
la Ejecución Hipotecaria n.º 8/2015 ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Ocaña.
cve: BOE-A-2026-17333
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escrito que tuvo entrada en el Registro General del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes el día 16 de enero de 2026, y en el
Registro de la Propiedad de Ocaña el día 26 de enero de 2026, don J. A. F. C. interpuso
recurso en los siguientes términos:
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