Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2026-17331)
Resolución de 28 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Grupo Resolute.
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Resolución de 28 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Grupo Resolute.Núm. 193
Sábado 8 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 111432
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17331
Resolución de 28 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Grupo Resolute.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por Don Fernando Borreguero Barrio según
resulta de la escritura otorgada ante el notario de Palma de Mallorca Víctor AlonsoCuevillas Fortuny, el 7 de mayo de 2025, con el número 2.347 de protocolo, subsanadas
por otras otorgadas ante la notaria de Palma de Mallorca María del Mar Urbano
Rodríguez, el 22 de enero de 2026, protocolo 212 y ante el notario de Palma de Mallorca
Enrique Cases Bergón, el 12 de marzo de 2026, protocolo 441.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle del Sebel.li, n.º 36, 07013
de Palma de Mallorca (Islas Baleares) y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita mediante la correspondiente
certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La Fundación tiene los siguientes fines principales:
a) Primer fin u objetivo: Garantizar el acceso a educación y formación de calidad.
b) Segundo fin u objetivo: Proporcionar atención médica y bienestar integral.
c) Tercer fin u objetivo: Ofrecer un hogar seguro y digno.
Patronos.
Don Fernando Borreguero Barrio, don Pedro José Llabrés Ramis y doña Marina
Llabrés Tugores.
Cargos:
Presidente: don Fernando Borreguero Barrio.
Vicepresidente: don Pedro José Llabrés Ramis.
Secretaria: doña Marina Llabrés Tugores.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2026-17331
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-08-2026
Resolución de 31 de julio de 2026, del Ayuntamiento de Alcarràs (Lleida), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
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