Resolución de 27 de julio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre delegación de competencias.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-08-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2026-17487)
Resolución de 27 de julio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre delegación de competencias.
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Resolución de 27 de julio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre delegación de competencias.Núm. 195
Lunes 10 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 112730
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
17487
Resolución de 27 de julio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre
delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 10
de julio de 2026, adoptó los siguientes acuerdos en materia de delegación de
competencias, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5.b), en relación con los
artículos 31 y 33 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 septiembre, y con el
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
Primero.
Ratificar la delegación de competencias en el Director de la Autoridad Portuaria en
materia de contratación menor realizada por el Consejo de Administración en su sesión
de 15 de marzo de 2018.
Segundo.
Modificar la resolución adoptada por el Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Gijón, en su sesión de 31 de marzo de 2025, en materia de delegación de
competencias en la presidencia y en la dirección para incluir en cuanto a la delegación
de competencias en la dirección lo siguiente: En materia de contratación menor: Ejercer
las funciones propias de órgano de contratación en los contratos que se tramiten
conforme a un expediente de contratación menor, de valor estimado inferior a 40.000
euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de
contratos de suministro o de servicios.
Tercero.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón.
Como órgano titular, el Consejo podrá avocar el ejercicio de las competencias
delegadas.
Cuarto.
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Ordenar que se disponga lo necesario para que las delegaciones aprobadas sean
publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2026-17487
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
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