Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., SA.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-17465)
Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., SA.
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Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., SA.Núm. 195
Lunes 10 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 112622
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17465
Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., SA.
El Abogado General del Estado, y el Consejero Delegado la Compañía Española de
Reafianzamiento, S.M.E., SA, han suscrito, con fecha de 28 de julio de 2026, un
convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 5 de agosto de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
Abogacía General del Estado) y la Compañía Española
de Reafianzamiento, S.M.E. SA (CERSA)
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y a
los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el
sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar
asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio.
cve: BOE-A-2026-17465
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Rafael Sánchez Acera, actuando en nombre y representación de
la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., SA, con domicilio en la calle
Orense, 58, 28020, Madrid y NIF A28721314, en su condición de Consejero Delegado,
cargo para el que fue nombrado por el Consejo de Administración celebrado con
fecha 29 de julio de 2024, y elevado a público mediante escritura de protocolización de
acuerdos sociales de fecha 30 de julio de 2024, ante el Notario de Madrid, don Juan
Pérez Hereza, núm. de protocolo 2.071, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con
núm. 194.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 10-08-2026
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