Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Arteixo, por la que se suspende la inscripción de la agrupación de dos fincas con su georreferenciación y la declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca agrupada.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-17550)
Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Arteixo, por la que se suspende la inscripción de la agrupación de dos fincas con su georreferenciación y la declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca agrupada.
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Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Arteixo, por la que se suspende la inscripción de la agrupación de dos fincas con su georreferenciación y la declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca agrupada.Núm. 196
Martes 11 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 112903
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17550
Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
negativa emitida por el registrador de la propiedad de Arteixo, por la que se
suspende la inscripción de la agrupación de dos fincas con su
georreferenciación y la declaración de obra nueva sobre ella, por haberse
presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca
agrupada.
En el recurso interpuesto por doña M. P. L. contra la nota de calificación negativa
emitida por el registrador de la Propiedad de Arteixo, don Emiliano Voces de Onaindi
González, por la que se suspende la inscripción de la agrupación de dos fincas con su
georreferenciación y la declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado
alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para
inscribir la georreferenciación de la finca agrupada.
Hechos
I
Mediante escritura pública de ampliación de obra por antigüedad y agrupación
autorizada el día 14 de febrero de 2025 por la notaria de Arteixo, doña Marta Abelaira
Fernández, con el número 209 de protocolo, doña M. P. L., como titular registral de las
fincas número 44.108 y 44.962 del término de Arteixo, procedió a su agrupación y a declarar
una obra nueva sobre la finca agrupada. Las fincas se correspondían con la identidad de las
parcelas con referencia catastral 15005A077003970000PP y 15005A077001500000PO. La
georreferenciación de la finca agrupada se aportaba mediante informe de validación gráfica
emitido por la Sede Electrónica del Catastro con código seguro de verificación.
II
«Con fecha 1 de Abril de 2025 y bajo el asiento 557 del 2025, se presentó en este Registro
de la Propiedad, escritura autorizada el día catorce de Febrero de dos mil veinticinco por la
Notario de Arteixo Doña Marta Abelaira Fernández, número de protocolo 209, la cual ha sido
calificada por el Registrador que suscribe, de acuerdo con los artículos 18 y concordantes de la
Ley Hipotecaria y los pertinentes del Reglamento Hipotecario para su ejecución, siendo
calificada negativamente, en base a los siguientes Hechos y Fundamentos de Derecho:
I.
Hechos:
En dicha escritura, Doña M. P. L., casada con Don I. A. R. bajo el régimen económico
matrimonial de separación de bienes, dueña de las fincas 44.962 y 44.108, las agrupa y
declara la ampliación de la obra existente sobre la finca resultante.
cve: BOE-A-2026-17550
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 1 de abril de 2025 dicha escritura en el Registro de la Propiedad
de Arteixo, causando el asiento de presentación número 557 del Diario 2025, e iniciada
la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en su transcurso se
presentaron alegaciones por uno de los colindantes notificados. En vista de las mismas,
la escritura fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-08-2026
Resolución de 4 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 26 de junio de 2026.
Resolución de 4 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
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Resolución de 5 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de Lloret de Mar (Girona), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
IGUALADA
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