Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-17602)
Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.
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Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.Núm. 197
Miércoles 12 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 113385
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17602
Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.
El Abogado General del Estado y el Director General del Centro para el Desarrollo
Tecnológico y la Innovación E.P.E. han suscrito, con fecha de 26 de junio de 2026, un
convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 5 de agosto de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación,
E.P.E. (CDTI)
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
cve: BOE-A-2026-17602
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don José Moisés Martín Carretero, actuando en nombre y
representación del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (CDTI),
con domicilio social en calle Cid, 4, 28001 Madrid, y NIF Q2820010C, en su condición de
Director General, actuando a tenor de los poderes que le han sido otorgados en la
reunión del Consejo de Administración del CDTI celebrada el 2 de febrero de 2024, y
protocolizados ante el Notario de Madrid, don Alfredo Barrau Moreno, en escritura
pública otorgada el día 5 de febrero de 2024, con el número 147 de orden de su
protocolo.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 12-08-2026
Resolución de 6 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de Cabrils (Barcelona), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
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