Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-08-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-17668)
Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación.
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Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación.Núm. 198
Jueves 13 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 113656
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17668
Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado e
Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación.
El Abogado General del Estado y el Presidente de la Comisión Liquidadora de Izar
Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación, han suscrito, con fecha de 7 de julio
de 2026, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 22 de julio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado (Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General
del Estado) e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2026-17668
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la
delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre
delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados
créditos para gastos.
De otra parte, don Mariano Maximiliano Herranz Vega, actuando en nombre y
representación de Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación, con domicilio
social en Avda. de Burgos, n.º 8 b, 10.ª Planta, Edificio Genesis, 28036 Madrid, y NIF
A28043545, en su condición de representante persona física de Cofivacasa, SA S.M.E.,
en el cargo de Presidente de la Comisión Liquidadora de Izar Construcciones Navales,
SA, S.M.E., según escritura otorgada ante el Notario de Madrid don Jorge Sáez
Santurtún Prieto, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el día 29 de julio de 2022,
al Tomo 33783, Folio 137, Sección 8, Hoja M-27438, Inscripción 660.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-08-2026
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