Orden CLT/870/2026, de 11 de agosto, por la que se otorga la garantía del Estado a la pintura de Diego Rodríguez de Silva y Velázquez «Retrato de Felipe IV en castaño y plata», ca. 1631-1632, para su exhibición en la exposición temporal «Obra invitada», en la Galería de las Colecciones Reales.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-08-2026
Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Patrimonio histórico. (BOE-A-2026-17943)
Orden CLT/870/2026, de 11 de agosto, por la que se otorga la garantía del Estado a la pintura de Diego Rodríguez de Silva y Velázquez «Retrato de Felipe IV en castaño y plata», ca. 1631-1632, para su exhibición en la exposición temporal «Obra invitada», en la Galería de las Colecciones Reales.
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Orden CLT/870/2026, de 11 de agosto, por la que se otorga la garantía del Estado a la pintura de Diego Rodríguez de Silva y Velázquez «Retrato de Felipe IV en castaño y plata», ca. 1631-1632, para su exhibición en la exposición temporal «Obra invitada», en la Galería de las Colecciones Reales.Núm. 203
Miércoles 19 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 115713
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
17943
Orden CLT/870/2026, de 11 de agosto, por la que se otorga la garantía del
Estado a la pintura de Diego Rodríguez de Silva y Velázquez «Retrato de
Felipe IV en castaño y plata», ca. 1631-1632, para su exhibición en la
exposición temporal «Obra invitada», en la Galería de las Colecciones
Reales.
A petición del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25
de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15
de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del
Estado para obras de interés cultural.
Vistos el acuerdo favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de
Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria de 23 de julio
de 2026, y los informes favorables de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura
emitido con fecha de 27 de julio de 2026, y de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria con fecha de 28 de julio de 2026, y una vez fiscalizado de conformidad
por la Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 29 de julio de 2026, en cumplimiento del artículo 3 del Real
Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.
Otorgar la garantía del Estado a la pintura que se describe en la solicitud de la
institución y en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más
adelante se expresan.
Segundo.
Objeto.
1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de la pintura de Diego Rodríguez de Silva y Velázquez que figura en el anexo de
esta orden, de acuerdo con el valor y las condiciones expresadas en la solicitud de la
institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.
Cobertura de la garantía del Estado.
1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a la pintura que figura en la
solicitud de la institución y se describe en el anexo de esta orden, a los efectos de su
exhibición en la exposición temporal «Obra invitada», que se celebrará en la Galería de
las Colecciones Reales, con sede en la calle Bailén, s/n, CP 28013 de Madrid, desde
el 17 de noviembre de 2026 al 14 de febrero de 2027.
2. El valor económico total de la pintura cubierta por la garantía del Estado
asciende a treinta y cuatro millones setecientos cincuenta mil trescientos setenta y seis
euros con cuarenta y seis céntimos (34.750.376,46 €). Dado que la valoración de la
pintura cubierta por la garantía del Estado se encuentra expresada en libras esterlinas, el
valor económico expresado en esta orden es una aproximación en euros, utilizando para
cve: BOE-A-2026-17943
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 19-08-2026
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