Orden CNU/880/2026, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de movilidad de estudiantes universitarios «Luisa de Medrano».

Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-08-2026

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Boletín Oficial del Estado

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2026-18012)

Orden CNU/880/2026, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de movilidad de estudiantes universitarios «Luisa de Medrano».

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Orden CNU/880/2026, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de movilidad de estudiantes universitarios «Luisa de Medrano».
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205

Viernes 21 de agosto de 2026

Sec. III. Pág. 116044

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Orden CNU/880/2026, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas del programa de movilidad de
estudiantes universitarios «Luisa de Medrano».

La movilidad académica constituye un elemento esencial para garantizar un sistema
universitario abierto, cohesionado y capaz de ofrecer al estudiantado una formación
integral que trascienda los límites de su universidad de origen. El intercambio entre
centros permite ampliar la oferta formativa disponible, facilita la adquisición de
competencias transversales, favorece la convivencia entre entornos socioculturales
diversos y fortalece la vertebración territorial del sistema universitario español.
En este contexto, el programa SICUE, gestionado por la Conferencia de Rectores de
las Universidades Españolas (CRUE), se ha consolidado como el principal instrumento
de movilidad nacional, posibilitando que miles de estudiantes cursen parte de sus
estudios en otras universidades del territorio español con reconocimiento académico
garantizado. Sin embargo, a pesar de su consolidación institucional y académica, la
participación en el programa se ha visto limitada por factores de naturaleza económica
que dificultan el acceso en condiciones de igualdad. Los gastos derivados del
desplazamiento, la residencia temporal y la adaptación a un nuevo entorno pueden
constituir una barrera significativa para parte del estudiantado, especialmente aquel con
menor capacidad económica o procedente de territorios alejados.
Con el fin de reforzar la movilidad académica en condiciones de equidad, promover
la cohesión territorial y fortalecer la calidad del sistema universitario español, resulta
necesario establecer un marco estatal de ayudas económicas que complemente la
estructura existente del programa SICUE y contribuya a eliminar los obstáculos
económicos que impiden su plena utilización. La creación del programa de ayudas
«Luisa de Medrano» responde a esta necesidad, configurándose como una medida de
fomento destinada a garantizar que la participación en experiencias de movilidad
académica no dependa de la situación económica de cada estudiante, sino de su interés
formativo y de su aprovechamiento académico.
La presente orden establece las bases reguladoras de dichas ayudas, determinando
su objeto, finalidad, requisitos, procedimiento de concesión y régimen de justificación y
control. Su contenido se adecua a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en su Reglamento, y se dicta en ejercicio de las
competencias estatales en materia de ordenación general del sistema educativo y de
fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior.
La norma respeta plenamente el reparto constitucional de competencias y no incide
en la autonomía universitaria ni en las competencias que corresponden a las
comunidades autónomas. Del mismo modo, su aprobación no genera cargas
administrativas significativas para las personas beneficiarias ni para las instituciones
universitarias, al articularse mediante procedimientos electrónicos y mecanismos de
gestión ya integrados en el funcionamiento habitual del programa SICUE.
Asimismo, la orden contribuye a los objetivos estratégicos de modernización del sistema
universitario español, impulsa la cohesión territorial, refuerza el principio de igualdad de
oportunidades y favorece el desarrollo académico, social y personal del estudiantado
universitario. Todo ello justifica la aprobación de esta norma, cuyo alcance y contenido
resultan proporcionados a los fines perseguidos y adecuados para garantizar un marco
estable y homogéneo de apoyo a la movilidad académica nacional. Igualmente, debe
indicarse que el programa de ayudas que se crea mediante esta orden no constituye ayuda de
Estado de acuerdo con el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

cve: BOE-A-2026-18012
Verificable en https://www.boe.es

18012

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