Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 22-08-2026
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-18020)
Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.
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Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.Núm. 206
Sábado 22 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 116110
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
18020
Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Perú y Andino
Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.
Con fecha 4 de agosto de 2026 se suscribió un convenio entre la Embajada de
España en Lima, Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta
Nacional de España en 2026.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de agosto de 2026.–La Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos.
ANEXO
Convenio entre la Embajada de España en Lima, Perú y Andino Inversiones
Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España en 2026
En Lima, a 4 de agosto de 2026.
REUNIDOS
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y
manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para
suscribir el presente convenio y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que la Embajada tiene entre sus fines la promoción de las relaciones bilaterales
en el país de actuación, así como la protección en el mismo de los intereses de España y
de los españoles, todo ello de acuerdo con la normativa vigente.
cve: BOE-A-2026-18020
Verificable en https://www.boe.es
I. De una parte, la Embajada de España en Lima, Perú, con domicilio en avenida
Jorge Basadre, 498, San Isidro, Lima (Perú), y número de identificación fiscal S2812001B
(en adelante, la Embajada).
La Embajada está en este acto representada por el Embajador de España en Lima,
Perú, don Alejandro Diego Abellán García de Diego, con pasaporte diplomático *****94**,
mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Lima, Perú.
El Embajador de España en Lima, Perú, don Alejandro Diego Abellán García de
Diego actúa por delegación de firma de la Directora General del Servicio Exterior, según
facultades delegadas por medio de resolución de fecha 29 de abril de 2026, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 4.1.a) de la Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se
fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
II. Y, de otra parte, Andino Inversiones Global, SA, con domicilio en calle de José Ortega
y Gasset 22, piso 5, 28006 Madrid, España, y número de identificación fiscal A09716036 (en
adelante, Andino Inversiones Global, SA), representada en este acto por don Carlos Rodolfo
Juan Vargas Loret de Mola, con DNI *****41**, mayor de edad, de nacionalidad peruana, con
domicilio profesional en calle de José Ortega y Gasset, 22, piso 5, 28006 Madrid, España.
Actúa en calidad de Consejero Delegado.
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