Resolución de 18 de agosto de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Logroño.

Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 25-08-2026

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Boletín Oficial del Estado

Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-18139)

Resolución de 18 de agosto de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Logroño.

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Resolución de 18 de agosto de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Logroño.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Martes 25 de agosto de 2026

Sec. III. Pág. 116667

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
18139

Resolución de 18 de agosto de 2026, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Logroño.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Logroño, un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 18 de agosto de 2026.–El Director General del Catastro, Jesús Puebla
Blasco.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Ayuntamiento de Logroño de colaboración en materia de gestión
catastral
En Logroño y Madrid, a treinta y uno de julio del año dos mil veintiséis.
De una parte: Don Jesús Puebla Blasco, Director General del Catastro, en virtud del
Real Decreto 168/2026, de 3 de marzo (BOE n.º 56, de 4 de marzo) en ejercicio de las
competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo decimoctavo de la
Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que
se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 31 de
diciembre de 2021).
De otra parte: Don Conrado Escobar Las Heras, Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Logroño, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la

cve: BOE-A-2026-18139
Verificable en https://www.boe.es

Primero.

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 25-08-2026

Universidades. . II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2026-18134)

Resolución de 30 de julio de 2026, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Servicios Comunes Procesales.IV. Administración de Justicia. Mercado de divisas. (BOE-B-2026-27737)

VALENCIA

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