Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, por el que se declara la situación de interés para la seguridad nacional en la ciudad de Ceuta.

Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-08-2026

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Boletín Oficial del Estado

Presidencia Del Gobierno. . I. Disposiciones generales. Situación de interés para la seguridad nacional. (BOE-A-2026-18149)

Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, por el que se declara la situación de interés para la seguridad nacional en la ciudad de Ceuta.

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Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, por el que se declara la situación de interés para la seguridad nacional en la ciudad de Ceuta.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Miércoles 26 de agosto de 2026

Sec. I. Pág. 116803

I. DISPOSICIONES GENERALES

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, por el que se declara la situación de
interés para la seguridad nacional en la ciudad de Ceuta.

La entrada irregular de personas migrantes en la ciudad de Ceuta los días 30 y 31 de
julio ha generado una presión inédita sobre las capacidades de control fronterizo,
identificación, atención humanitaria y acogida de las distintas Administraciones públicas
y ha afectado al funcionamiento ordinario de los servicios públicos, entre ellos los
sociales, de protección de menores, seguridad, transporte y gestión administrativa.
Desde el inicio de la crisis, el Gobierno de España ha movilizado todos los recursos
necesarios para reforzar la frontera, impulsar el retorno de las personas migrantes que
accedieron irregularmente, y apoyar a la población ceutí. Estas actuaciones han permitido
reducir drásticamente la presión inicial y mantener el orden público en la ciudad.
Ahora, sin embargo, la crisis entra en una nueva fase que requiere una acción
integral que combine la defensa de la seguridad nacional con medidas de distintos
ámbitos y una coordinación reforzada entre las autoridades estatales y ceutíes en el
desempeño de sus atribuciones ordinarias, a fin de garantizar tanto la atención adecuada
de las personas migrantes como el correcto funcionamiento de la ciudad y su pronta
recuperación económica y social.
En efecto, hasta ahora, la Administración General del Estado, a través de los
distintos departamentos ministeriales, dada la transversalidad de las medidas necesarias
para su resolución, ha desplegado en territorio ceutí medios y recursos para la
implementación de medidas que permitieran la resolución de la situación y retorno de la
normalidad. El Presidente del Gobierno, y hasta ocho titulares de departamentos
ministeriales, han visitado la ciudad para una evaluación in situ, y tomado medidas de
urgencia dentro de su ámbito competencial.
Esta evaluación ha permitido constatar que la respuesta desplegada por el Gobierno
necesita evolucionar en los términos expuestos, con arreglo a lo previsto en los
artículos 23 y 24 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
Así, el artículo 23 de dicha ley define la situación de interés para la Seguridad
Nacional como aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión,
urgencia y transversalidad de las medidas necesarias para su resolución, se requiere
una coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus
atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno y en el marco del Sistema de
Seguridad Nacional.
En el presente caso, concurren los requisitos para dicha declaración. La evolución de
la situación no excluye su gravedad, derivada de la ya descrita presión sobre el sistema
de atención humanitaria y su afectación a los servicios públicos.
En este sentido, y de forma inmediata, es necesaria la adopción de medidas que
garanticen de manera permanente el normal funcionamiento de los servicios públicos,
evitando que alcancen una situación de colapso, y asegurando el mantenimiento de
capacidades suficientes para la atención humanitaria, el control fronterizo, los traslados,
la tramitación administrativa y la cooperación exterior.
Asimismo, la dimensión y transversalidad de las medidas a adoptar se manifiesta en
la concurrencia de competencias sobre seguridad pública, fronteras, extranjería,
protección internacional, atención humanitaria, sanidad, servicios sociales, economía,
protección de menores, transportes, defensa, acción exterior y cooperación con la Unión
Europea. Las medidas que se adopten para abordar la situación descrita permitirán
igualmente avanzar hacia una pronta recuperación económica y social de la ciudad.

cve: BOE-A-2026-18149
Verificable en https://www.boe.es

18149

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