Real Decreto 683/2026, de 26 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura; el Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera; y el Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-08-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2026-18204)
Real Decreto 683/2026, de 26 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura; el Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera; y el Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.
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Real Decreto 683/2026, de 26 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura; el Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera; y el Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.Núm. 211
Jueves 27 de agosto de 2026
Sec. I. Pág. 116888
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 683/2026, de 26 de agosto, por el que se modifican el Real
Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco
regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la
pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de
Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican
el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera
venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio,
por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los
productos de la pesca y de la acuicultura; el Real Decreto 1044/2022, de 27
de diciembre, de ordenación de la flota pesquera; y el Real Decreto
1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos
europeos agrícolas FEAGA y Feader.
La actual Política Agrícola Común ha incorporado un cambio de enfoque, pasando de
ser una política de cumplimiento de normas, fundamentalmente basada en la descripción
de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios finales de las ayudas, a una política
centrada en el rendimiento y la obtención de resultados, mediante la consecución de
unos objetivos generales y específicos. Con este nuevo enfoque, España, tras un
análisis riguroso de la situación de partida, que ha permitido identificar y priorizar las
necesidades vinculadas a cada uno de estos objetivos, ha propuesto un Plan Estratégico
Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que tiene
como objetivo el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas
rurales para garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector
competitivo y un medio rural vivo. El diseño de la nueva PAC vira hacia una perspectiva
de trabajo articulada tanto en una planificación estratégica, como en una mayor
subsidiariedad de los Estados miembros, los cuales tendrán que diseñar las
intervenciones con las que prevén alcanzar los objetivos de la UE en el marco de un
«Plan estratégico de la PAC». Dicho plan agrupará las intervenciones en forma de pagos
directos, las intervenciones en determinados sectores y las intervenciones para el
desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas, FEAGA y
Feader.
En este marco, el Reglamento (UE) 2025/2649 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 19 de diciembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE)
2021/2115 en lo que respecta al sistema de condicionalidad, los tipos de intervenciones
en forma de pagos directos, los tipos de intervenciones en determinados sectores y el
desarrollo rural y los informes anuales del rendimiento, así como el Reglamento (UE)
2021/2116 en lo que respecta a las suspensiones de los pagos, la liquidación anual del
rendimiento y los controles y sanciones, ha suprimido, entre otros, el procedimiento de
liquidación del rendimiento.
La experiencia adquirida durante los ejercicios financieros 2023 y 2024 en la
aplicación de dicho procedimiento ha puesto de manifiesto que los Estados miembros
han soportado una carga administrativa desproporcionada en la preparación y remisión
de la información necesaria para el informe anual del rendimiento asociado a dicha
liquidación. En adelante, el respeto de los importes unitarios planificados en el Plan
Estratégico de la PAC formará parte de los procedimientos de fiabilidad y conformidad,
de acuerdo con las nuevas directrices elaboradas al respecto por la Comisión Europea.
En consecuencia, procede adaptar el Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre,
por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en
cve: BOE-A-2026-18204
Verificable en https://www.boe.es
18204
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-08-2026
Resolución de 19 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de Almansa (Albacete), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
Resolución de 20 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de Tías (Las Palmas), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
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