Orden de 31 de julio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, que superó el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-08-2026
Comunidad Autónoma Del País Vasco. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2026-18291)
Orden de 31 de julio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, que superó el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
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Orden de 31 de julio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, que superó el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.Núm. 213
Sábado 29 de agosto de 2026
Sec. II.A. Pág. 117346
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
18291
Orden de 31 de julio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos
Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, que superó el proceso
selectivo extraordinario para acceso, por el sistema de concurso-oposición,
turno libre, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas
judiciales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio
Judicial (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por
Orden de 31 de julio de 2026, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Las personas funcionarias del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el
responsable de la oficina judicial de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados a partir del 1 de septiembre de 2026, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29 del citado Reglamento. Para el cómputo del plazo se estará a lo dispuesto en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.
Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta orden, que pertenezcan ya
como titulares al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Gestión Procesal y
Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que, dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comuniquen a la Dirección de la Administración de Justicia dicha opción, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se
le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal de la
Administración de Justicia.
En caso de que las personas funcionarias optaren por ingresar en el Cuerpo de
Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a
su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o
Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio
de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde
Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres
cve: BOE-A-2026-18291
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 29-08-2026
TALAVERA DE LA REINA
SEVILLA
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